Planear, ejecutar, organizar, coordinar y controlar la explotación de monopolio de suerte y azar en el Departamento del Huila y en el territorio Nacional de acuerdo con la ley.

Administrar y explotar la lotería del Huila para beneficios de la Salud en el Departamento.

Realizar todos los actos y contratos relacionados con la explotación de la Lotería del Huila, independientemente o en asocio de otras entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

Participar en sociedades o celebrar contratos de asociación con otras entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras para la explotación del monopolio del suerte y azar.

Realizar todos los actos de contratos relacionados con la explotación de rifas, apuestas, concursos y similares permitidos por la ley.

Ejercer todas las demás actividades que legalmente le sean permitidas, con el fin de adquirir rentas destinadas a los servicios de Salud en el Departamento del Huila.

Adquirir y enajenar, a cualquier titulo, bienes muebles e inmuebles, hipotecarlos, pignorarlos y en general realizar toda clase de transacciones sobre los mismo bienes cuando así lo requiera el cumplimiento de su misión, conforme a lo determinado por la ley.

Celebrar, previas formalidades legales, contratos de empréstitos, asistencia técnica, prestación de servicios o de cualquier otra naturaleza que requiera para cumplir y desarrollar su misión.

Transferir oportunamente al Fondo Departamental de Salud del Huila el impuesto a ganadores, impuesto a foráneas y las utilidades, participaciones y recaudos que conforme a la Ley obtenga por la explotación del monopolio de loterías y Apuestas Permanentes de demás actividades afines.