LOTERIA
DEL HUILA
NIT
800.244.699-7
PLIEGO DE CONDICIONES
LICITACION
PUBLICA No. 002 de 2007.
IMPRESIÓN
Y SUMINISTRO DE 35.000 ROLLOS EN PAPEL TERMICO UTILIZABLES EN
EL JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES “CHANCE” EN EL DEPARTAMENTO DEL
HUILA
NEIVA,
MARZO DE 2007.
EMPRESA
DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA
INDICE
PLIEGO
DE CONDICIONES DE LA LICITACION PUBLICA No. 002 DE 2007,
CUYO OBJETO ES LA IMPRESIÓN Y SUMINISTRO DE 35.000 ROLLOS EN PAPEL
TERMICO UTILIZABLES EN EL JUEGO DE
APUESTAS PERMANENTES “CHANCE” EN EL DEPARTAMENTO DEL HUILA
SECCION
I
CARTA
DE INVITACION PARA PROPONER
1. INFORMACION
GENERAL
1.1
OBJETO
1.2
AUTORIZACION
1.3
CRONOGRAMA DE LA LICITACION.
1.4
APERTURA DE LA LICITACION Y CIERRE DE LA URNA
1.5
VENTA DE PLIEGOS
1.6
CIERRE DE LA LICITACION Y APERTURA DE LA URNA
1.7
APERTURA DE LAS PROPUESTAS
1.8
AUDIENCIA ACLARATORIA
1.9
PARTICIPANTES
1.10
VALOR DE LOS PLIEGOS
1.11
VALOR ESTIMATIVO MINIMO DEL CONTRATO A SUSCRIBIR
1.12
PLAZO DE LA LICITACION
1.13
ENTREGA DE LAS OFERTAS
1.14
PROPUESTAS EXTEMPORANEAS
1.15
RETIRO DE LAS PROPUESTAS
1.16
VERIFICACION DE LOS DATOS.
2.
CONDICIONES GENERALES DE LA LICITACION
2.1
PRESENTACION DE LAS OFERTAS
2.1.1
IDIOMA
2.1.2
PRESENTACION E IDENTIFICACION
2.2
GARANTIAS
2.2.1
DE SERIEDAD DE LA OFERTA
2.2.2
GARANTIA UNICA
2.3
NUMERO MINIMO DE PROPONENTES
2.4
TERMINOS PARA LA ADJUDICACION
2.5
FIRMA, LEGALIZACION Y EJECUCION DEL CONTRATO
2.6
MODIFICACIONES, ACLARACIONES O ADICIONES
2.7
OTRAS GARANTIAS
2.8
VERIFICACION DE DATOS
2.9
ELIMINACION DE OFERTAS
2.10
INCUMPLIMIENTO DE LA OFERTA
2.11
DECLARATORIA DESIERTA
2.12 DEVOLUCION DE LAS GARANTIAS DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
3.
CARACTERISTICAS DE LA IMPRESION Y ESPECIFICACIONES
TECNICAS DE LOS FORMULARIOS
3.2. TAMAÑO
3.3. CALIDAD Y PAPEL.
3.4. PRESENTACION.
3.5. EMPAQUE Y ENTREGA.
3.6. SEGURIDAD.
3.7. MUESTRAS.
4.
DOCUMENTOS INTEGRANTES DE LA OFERTA
4.1.
PERSONAS NATURALES
4.2.
PERSONAS JURIDICAS
4.3
CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES.
SECCION
III
CONDICIONES
GENERALES
5.
REGIMEN JURIDICO APLICABLE
6.
GASTOS DEL CONTRATO Y DE LA
LICITACION.
7. SELECCION
DE LA OFERTA
8.-
PROPUESTA ECONOMICA
CRITERIOS
DE COMPARACION Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
9.-
FACTORES DE PONDERACION
9.1
ESTUDIO JURIDICO
9.2
ESTUDIO ECONOMICO
9.3
ESTUDIO TECNICO
10.-
PONDERACION DE LAS PROPUESTAS ADMISIBLES
10.1
SOLIDEZ FINANCIERA
10.2
PROPUESTA TECNICA, INFRAESTRUCTURA Y EXPERIENCIA
10.3
PROPUESTA ECONOMICA
11.
CELEBRACION DEL CONTRATO
12. LEY 643 DE ENERO 16 DE 2001 Y
SUS DECRETOS REGLAMENTARIOS.
13.
OTROS
SECCION
VI
ANEXOS
DE LA PROPUESTA
ANEXO
DOS:
FORMATO DE CONSTANCIA SOBRE,
CALIDAD Y CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS ANTERIOR
ANEXO
TRES: MINUTA
DEL CONTRATO.
NEIVA
– HUILA
CARRERA
4 No. 9-25 Nivel 2.
La
Gerencia de la Empresa de Lotería y Juego de Apuestas Permanentes del
Departamento del Huila, , se propone adjudicar la contratación de impresión y
suministro de 35.000 rollos en papel térmico utilizables en
el juego de apuestas permanentes “chance” en el departamento del
Huila,
Con
base en el pliego de condiciones, la Empresa de Lotería y Juego de Apuestas
Permanentes del Departamento del Huila y en las especificaciones técnicas
correspondientes, se permite invitar a participar
en este proceso, a las personas naturales o jurídicas, Consorcios o
Uniones Temporales, que a nombre
propio deseen participar.
Todas
las propuestas deben ir ajustadas a las exigencias del pliego de condiciones del
cual hace parte este documento.
No
se aceptarán las propuestas enviadas por correo. Las que se presenten extemporáneamente
no serán consideradas y se devolverán sin abrir.
La
Empresa de Lotería y Juego de Apuestas Permanentes del Departamento del Huila,
no aceptará intermediarios en el proceso de Licitación y las propuestas deben
ser entregadas por el proponente o su apoderado.
Los
pliegos de condiciones se pueden adquirir desde el día 13 de Abril de 2007,
a partir de las 8:00 A.M, fecha de apertura de la Licitación, hasta el día
23 de Abril de 2007, a las 4:00 P.M., fecha del cierre para la venta de pliegos
en la Tesorería de la Empresa de
Lotería y Juego de Apuestas Permanentes del Departamento del Huila, ubicada en
la carrera 4 No. 9-25 en la ciudad de Neiva – Huila – Colombia, teléfonos
No. 8 712066 – 8713434 Fax
8712066 ext. 117- 118.
El valor del pliego original con la respectiva copia es de $(1.000.000.) Un millón de pesos mcte. valor no reembolsables que deben ser cancelados en efectivo o con cheque de Gerencia a favor de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, en la Tesorería, o en la Cuenta Corriente No. 4558112766-5 del Banco de Colombia.
FABIO
RAMIREZ
Gerente
INTRODUCCION
Este
documento se presenta para todas las personas naturales o jurídicas ,
Consorcios o Uniones Temporales que se encuentren en capacidad de participar,
conforme a las condiciones estipuladas en el pliego de condiciones de la
Licitación Pública 002 de 2007, cuyo objeto es la impresión y suministro de
35.000 rollos en papel térmico utilizables en
el juego de apuestas permanentes “chance” en el departamento del
Huila para los meses de Junio a Diciembre de 2007.
1.
INFORME GENERAL
1.1
OBJETO:
LA
EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA,
ESTÁ INTERESADA EN RECIBIR PROPUESTAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA IMPRESIÓN Y
SUMINISTRO DE 35.000 ROLLOS EN PAPEL TERMICO UTILIZABLES EN
EL JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES “CHANCE” EN EL DEPARTAMENTO DEL
HUILA PARA LOS MESES DE JUNIO A DICIEMBRE DE 2007.
Para
dar cumplimiento al objeto señalado, se realizará la Licitación Pública No.
002 de 2007, bajo el
control, dirección y supervisión de
la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL
HUILA.
1.2
AUTORIZACION:
La
Gerencia de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL
DEPARTAMENTO DEL HUILA, está debidamente autorizada y facultada , según consta
en el decreto Ordenanzal 554 de 1.994.
A
DE LA LICITACION.
Publicación
de página web www.loteriadelhuila.com
o en
www.contratos.gov.co
de los Pre-pliegos de la Licitación 02
de Abril de 2007 - Hora: 8:00 A.M.
Termino
para observaciones pre-pliegos Licitación
09 de Abril de 2007 - Hora: 4:00
P.M..
Resolución
de apertura de la Licitación
12 de Abril de 2007
Publicación
de pagina web Pliegos definitivos
13 de Abril de 2007
www.loteriadelhuila.com o www.contratos.gov.co Hora: 8:00 A.M.
Apertura
de la Invitación
13 de Abril de 2007 - Hora: 8:00 A.M.
Venta
de pliegos
13 al 23 de Abril de 2007
Audiencia
de aclaración términos
17 de Abril , hora 10:00 A.M.
Presentación
de ofertas 13 al 23 de Abril de 2007 a las 4:00 p.m
Cierre
de la Licitación y apertura de la urna 23 de Abril
de 2007 4:00 P.M.
Evaluación
Propuestas
24
al 27 de Abril de 2007
Traslado
y publicación de la evaluación 30 de
Abril al 07 de Mayo de 2007.
Aclaración
y observaciones
03 de Mayo de 2007 9:00 a.m
Adjudicación
08 de Mayo de 2007.
Firma
y legalización del contrato
16 de Mayo de 2007.
1.4
APERTURA DE LA LICITACION Y CIERRE DE LA URNA:
La
presente Licitación se declarará abierta
en la ciudad de Neiva, el día 13 de
Abril de 2007, a partir de las 8:00 A.M. en
la Gerencia de la
EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL
HUILA, ubicada en la carrera 4 No. 9-25 Edificio Diego de Ospina, fecha y hora
en la que se procederá al cierre de
la Urna y se levantará el Acta correspondiente
por los funcionarios delegados para dicho acto.
El
Acta será firmada por todos los participantes en la diligencia.
1.5
VENTA DE PLIEGOS:
Los
pliegos de condiciones se pueden adquirir en la Gerencia de la EMPRESA DE
LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, desde
el día 13 de Abril de 2007 a
partir de las 8:00 A.M., fecha de apertura de la Licitación hasta el día 23 de
Abril de 2007, a las 4:00 p.m.
1.6
CIERRE DE LA LICITACION Y APERTURA DE LA URNA:
La
Licitación se cerrará el 23 de Abril de 2007, a las 4:00 P.M.,
en la Gerencia de la Entidad, hora en la cual se abrirá la Urna
contentiva de las propuestas, levantándose el Acta correspondiente con un
resumen suscrito del contenido de las mismas.
1.7
APERTURA DE LAS PROPUESTAS
En
el día y hora señalados para el cierre de la Licitación en acto público se
abrirá la urna y los sobres que contienen el original y copias de la propuesta.
A continuación se enumerarán las propuestas y cada una de las hojas de
las mismas, se verificará la existencia de los documentos esenciales de la
propuesta, la omisión de cualquiera de estos impide el ser tenida en cuenta
para su evaluación y posterior adjudicación; seguidamente se levantará un
acta que contenga:
-
Número de Propuestas.
-
Nombre del Proponente.
-
Valor de la Propuesta.
-
Resultado de la verificación de los documentos esenciales de la propuesta.
-
Número de folios del original y de las copias.
-
Compromiso de entrega de la primera impresión de los Rollos en papel térmico
en el plazo previsto en la Licitación.
-
Observaciones de los asistentes a la diligencia.
El
acta será suscrita por los funcionarios intervinientes, los proponentes y
quienes asistan en representación de la comunidad en calidad de veedores
debidamente acreditados.
1.8
AUDIENCIA ACLARATORIA:
Se
realizará una audiencia
aclaratoria conforme al
Decreto 2170 de 2002, para que los
oferentes que retiraron el pliego de condiciones,
soliciten la aclaración o precisión
del contenido y alcance de éstos, el
día 17 de Abril de 2007 a las 10:00 a.m ,
en la cual se levantará un acta con
un resumen de lo deliberado y decidido.
Como
resultado de lo debatido en la audiencia y si fuere necesario, el Gerente de la
EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA,
expedirá las modificaciones pertinentes mediante adendos y prorrogará
el plazo de la Licitación hasta por tres (3) días hábiles si fuere
necesario
Lo
anterior no impide que dentro del plazo de la Licitación ( entendido
éste el que transcurre entre la apertura y cierre de la misma) cualquier
interesado pueda solicitar aclaraciones adicionales que la LOTERIA DEL HUILA,
responderá, Vía Internet, copia de la cual se enviará a todas y cada
una de las personas que hayan retirado pliegos, la cual se entiende recibida con
el reporte de vía módem, copia de la guía del correo
certificado o copia del reporte vía fax.
1.9
PARTICIPANTES:
Podrán
participar todas las personas naturales o jurídicas, Consorcios o
Uniones Temporales, de acuerdo a lo estipulado en los Artículos 6,7, y 22
de la Ley 80 de 1993, siempre que no se encuentren incursas en las
causales de inhabilidad e
incompatibilidad para contratar con la Entidad, de conformidad con las normas
legales vigentes, especialmente las contempladas en el Artículo 8 de la
Ley 80 de 1993 y el Artículo 10 de la Ley
643 de 2001.
Deberán
presentar Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara
de Comercio con una vigencia no mayor a 30 días y último año renovado el
2007.
1.10
VALOR DE LOS PLIEGOS:
El
valor del presente pliego de condiciones se fija en la suma de Un millón de
Pesos ($1.000.000.oo) mcte,
por cada uno, no reembolsables que deberán ser consignados por el
proponente en la Tesorería de la Empresa de Lotería, en efectivo o cheque de
Gerencia en la Cuenta Corriente No. 4558112766-5
del Banco de Colombia a favor de la Empresa.
La
Tesorería expedirá un recibo por la compra del respectivo pliego, el cual deberá
ser aportado como anexo a la propuesta.
1.11
VALOR ESTIMATIVO DEL CONTRATO A SUSCRIBIR:
El
valor estimativo máximo del contrato a suscribir es de
NOVENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS ($99.300.000.oo)
MCTE.
Igualmente,
se precisa que en la eventualidad de promulgarse nuevas normas Nacionales que
reglamenten la explotación del monopolio del Juego de Apuestas Permanentes “
Chance “, los oferentes aceptan irrestrictamente someterse a los ajustes y a
las nuevas condiciones fijadas en la Ley en los contratos respectivos.
1.12
PLAZO DE LA LICITACION:
El
plazo de la Licitación, contenido como el término que debe transcurrir entre
su apertura y su cierre (13 de Abril al 23 de Abril de
2007.), a que se refieren los numerales 1.3 y 1.4 del presente pliego,
podría prorrogarse antes de su vencimiento por un plazo no
superior a la mitad del inicialmente fijado, cuando lo estime conveniente
la LOTERIA DEL HUILA o cuando lo soliciten las dos terceras partes de las
personas que hayan retirado pliegos
de condiciones.
La
prórroga será comunicada mediante fax, vía módem o por correo certificado.
1.13
ENTREGA DE LAS OFERTAS:
Las
propuestas deben entregarse personalmente por el proponente,
a partir del 13 al 23 de Abril de 2007,
por su representante legal o por su apoderado
en la carrera 4 No. 9-25 Edificio Diego de Ospina de la Ciudad de Neiva,
en la oficina de la Gerencia de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS
PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, depositándola en una urna destinada
para tal fin. No se aceptan propuestas entregadas por otros medios.
Entregada
y depositada la propuesta, la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES
DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, expedirá una constancia
sobre tal hecho, indicando el nombre de quien entregó, en que calidad y
hora exacta.
1.14
PROPUESTA EXTEMPORANEAS:
No
se recibirán propuestas después de
la fecha y hora señalada para el cierre de la Licitación.
1.15
RETIRO DE LAS PROPUESTAS:
El
proponente que desee retirar la propuesta debe presentar personalmente
o por medio de apoderado, una solicitud escrita, la cual será depositada
en la urna correspondiente.
La
propuesta será devuelta previa expedición de un recibo firmado
y sellado por el proponente en el cierre de la Licitación y apertura de
la Urna.
1.16
VERIFICACION DE DATOS:
La
LOTERIA DEL HUILA, se reserva el derecho de verificar la exactitud de la
información suministrada por los
proponentes a efecto de usarla para los fines previstos en este
pliego. Así mismo, se reserva el derecho de efectuar visitas a los
sitios indicados por los proponentes como Oficinas, sitios de trabajo, y otros
locales que sean necesarios.
SECCION
II
INSTRUCCIÓN
A LOS PROPONENTES
2.
CONDICIONES GENERALES DE LA LICITACION
2.1
PRESENTACION DE LAS OFERTAS
2.1.1.
IDIOMA
La
oferta debe presentarse escrita en computador ( se debe anexar copia en
diskette), en letra de imprenta y en idioma español, con excepción de los
folletos y demás documentos, los
cuales podrán presentarse en otro idioma con
su correspondiente traducción, sin borrones, tachaduras, raspaduras,
interlineaciones o enmendaduras.
2.1.2.
PRESENTACION E IDENTIFICACION:
La
Oferta: Se deben presentar
en ORIGINAL y DOS COPIAS, debidamente foliadas en cada una de las hojas: las que
se depositarán en la urna señalada para tal efecto, en sobres cerrados y
marcados exteriormente con el número de la Licitación, con la indicación de
ser original, primera copia
o segunda copia. Si se presenta discrepancia, el ORIGINAL, prevalecerá
sobre las COPIAS.
Tanto
las ofertas, como el sobre que las contienen deberán estar marcadas en las
siguiente forma:
a)
Número de la Licitación
b)
Dirigido a la Empresa de Lotería y Juego de Apuestas
Permanentes del Departamento del Huila.
c)
Proponente
d)
Nombre: Dirección, firma y sello del proponente
2.2
GARANTIAS:
2.2.1
DE SERIEDAD DE LA OFERTA:
La
propuesta deberá acompañarse con garantía de seriedad de la oferta,
por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%)
del valor de la misma, constituida en una compañía de seguros o entidad
bancaria legalmente autorizada para funcionar en Colombia ,
con una vigencia de tres (3) meses
contados a partir de la fecha de cierre de la Licitación.
En
todo caso la entidad concedente debe confirmar que la garantía de seriedad se
presenta cumpliendo con los amparos exigidos, en cuanto a términos y valores;
Así mismo debe verificar el pago, ante el representante legal, de la compañía
de seguros que la expidió.
Dicha
garantía se hará efectiva en los casos establecidos en la ley y en el presente
pliego.
2.2.2
GARANTIA UNICA:
El
proponente favorecido con la presente Licitación Pública, debe constituir una
garantía única, expedida por una compañía de seguros o entidad bancaria
legalmente autorizada para funcionar en Colombia, por el término del contrato y
tres meses más, que debe amparar los
siguientes riesgos:
DE
CUMPLIMIENTO: Por el diez
por ciento (10%) del valor toral del contrato, que garantice el cumplimiento de
todas y cada una de las cláusulas
y obligaciones derivadas del
contrato, por el término de duración del mismo y tres meses más y garantizará
los siguientes factores: El cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones
derivadas del contrato por parte del CONTRATISTA; El pago de multas y; el
valor de la cláusula Penal Pecuniaria que se haga efectiva.
GARANTIA
DE CALIDAD: Por un valor
equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, el término de
dicha garantía será igual al término de duración del contrato y tres (3)
meses más y garantizará la calidad de impresión y de las medidas de seguridad
de los rollos en papel térmico.
PARAGRAFO:
EL CONTRATISTA deberá reponer las garantías cuando el valor de las mismas se
vea afectado por razón de siniestros. De
igual manera, en cualquier evento en que se aumente el valor del contrato o se
prorrogue su vigencia, deberán ampliarse o prorrogarse las correspondientes
garantías.
Deberán
anexar el recibo de caja o de pago de la Garantía
2.3
NUMERO MINIMO DE PROPONENTES:
No
procederá la declaratoria de desierta de la Licitación cuando sólo se
presente una propuesta hábil y ésta
pueda ser considerada como favorable para la Entidad,
de conformidad a los criterios legales de selección objetiva, según lo
preceptuado en el articulo 29 de la
Ley 80 de 1993.
2.4
TERMINOS PARA LA ADJUDICACION:
El
Gerente de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL
DEPARTAMENTO DEL HUILA, adjudicará a la mejor propuesta en la Licitación Pública
002 de 2007, en Audiencia Pública,
el día 08 de Mayo de 2007, en la Gerencia de la Empresa, ubicada en la carrera 4 No.
9-25 del Edificio Diego de Ospina,
sino se prorrogan los términos
inicialmente fijados. La adjudicación
se hará mediante resolución motivada, la cual una vez notificada obliga por
igual al adjudicatario y a
la Entidad. En la misma audiencia pública de adjudicación, se resolverán las
observaciones presentadas por los proponentes a las evaluaciones efectuadas por
el Comité Técnico de la Licitación.
El
Gerente designará un comité técnico como cuerpo asesor, quien previo el
estudio jurídico, económico, técnico y financiero de las propuestas
recomendará la adjudicación
de la Licitación, la que no obliga al Gerente, quien podrá apartarse de
dicho concepto motivando la razón que lo llevó a tomar dicha decisión,
de lo que quedará constancia en el
acto de adjudicación.
El
Comité Técnico y el Gerente darán estricto cumplimiento al Artículo 21 de la
Ley 80 de 1993, que informa: “ Del tratamiento y preferencia de las ofertas
Nacionales “......
El
Comité emitirá su concepto materializándolo a través de un informe evaluador
firmado por cada uno de sus integrantes , previo el análisis 1comparativo
de las propuestas y recomendará la que sostenga las mejores condiciones,
de conformidad con los factores de ponderación establecidos en este pliego:
Solidez Financiera; Propuesta Técnica, Seguridad y Experiencia; y propuesta
Económica y a lo dispuesto en el Artículo 29 de la Ley 80 de 1993,
que es ley para las partes, así como las reglas que puedan ser expedidas
en desarrollo de la Ley 643 de 2001
y sus Decretos Reglamentarios.
Dicha
evaluación será puesta a disposición de
los oferentes por seis días hábiles en la Secretaria General de la Entidad de
conformidad con lo establecido en el Numeral 8o del Artículo 30 de la Ley 80 de
1993, que para este proceso de
Licitación será del DIA
30 de Abril al 07 de Mayo de 2007.
La
resolución motivada para la
adjudicación se notificará personalmente al proponente favorecido en la
audiencia pública, destinada para tal fin y a los demás proponentes no
favorecidos se les hará saber en la misma o se les comunicará por escrito. El
acto de adjudicación es irrevocable.
2.5
FIRMA, LEGALIZACION DEL
CONTRATO:
Una
vez adjudicada la Licitación y notificada personalmente la respectiva resolución,
el adjudicatario suscribirá el contrato respectivo el 16 de Mayo de 2007, deberá legalizarlo y cumplir
los requisitos de ejecución. Si el
adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término fijado, quedará a
favor de la entidad contratante, en
calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la
seriedad de la propuesta.
En
este evento la LOTERIA DEL HUILA, mediante acto administrativo motivado,
podrá adjudicar el contrato dentro de los diez (10) días siguientes al
proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta se
considere igualmente favorable para la Entidad.
2.6
MODIFICACIONES, ACLARACIONES O ADICIONES:
No
se admitirán aclaraciones, modificaciones o adiciones a las ofertas una vez se
hayan depositado en la urna; por
tal motivo, el proponente debe estudiar cuidadosamente el pliego de condiciones
para enterarse de todas las exigencias y requisitos del contrato a celebrar.
Si
el proponente encontrare discrepancias y omisiones en los presentes pliegos o
alguna duda sobre éstos o de los requisitos que en ellos
constan, debe presentar por escrito
a la Gerencia de la Entidad la realización de la audiencia señalada en
el numeral 1.8 del presente pliego. Las aclaraciones realizadas después de la
audiencia serán efectuadas mediante comunicaciones o adendos,
si a ello hubiere lugar, lo
que será comunicado vía fax y
enviado por correo certificado a todas y cada una de las personas que retiraron
los pliegos, entendiéndose recibido con el reporte de actividad del fax
y la copia de la guía.
Solo
se permitirán clarificaciones, ampliaciones o modificaciones a la propuestas
por razón de adendos oficiales que la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS
PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, expida ya sea oficiosamente o a
solicitud de uno de los proponentes; las cuales serán depositadas en la urna en
sobre separado debidamente diligenciado, conforme al Numeral 1.6 de este pliego,
en presencia de los funcionarios competentes, debiendo estar sujeta al término
establecido para el cierre de la Licitación y la apertura de la Urna.
2.7
OTRAS GARANTIAS:
Además
de las garantías exigidas en el numeral 2.2
del presente pliego de condiciones, al adjudicatario le compete atorgar
las garantías que conforme a la Ley son o lo sean exigibles para este tipo de
contratos.
2.8
VERIFICACION DE DATOS:
La
EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA,
se reserva el derecho de verificar la exactitud de la información suministrada
por los proponentes, a efecto de usarla para los fines previstos en estos
pliegos.
2.9
ELIMINACION DE OFERTAS:
Serán
causales de eliminación las siguientes:
*
Cuando se presente alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad de acuerdo a
lo establecido en el Artículo 8º de la Ley 80 de 1993,
y la Ley 643 de 2001 y sus decretos Reglamentarios.
*
Cuando los datos suministrados resulten falsos o inexactos.
*
Cuando la garantía de seriedad se presente sin cumplir los
amparos exigidos en cuanto a términos y valores y cuando de su
verificación de pago ante el representante legal, de la compañía de seguros
que la expidió resulte insuficiente o no autorizada o negada en todo caso la
entidad concedente debe confirmar
ésta.
*
Cuando se presente fuera de
la fecha y hora señalada para el cierre de la Licitación.
*
Cuando la carta de intención y
oferta no fuere firmada por el proponente.
*
Cuando no se acompañen los documentos necesarios para la comparación de
las propuestas.
*
Cuando cualquiera de los documentos presenten tachones, borrones, enmendaduras o
interlineaciones a menos que aparezcan las aclaraciones pertinentes debidamente
firmadas.
*
En los demás casos que prevean expresamente las normas legales.
2.10
INCUMPLIMIENTO DE LA OFERTA
Salvo
fuerza mayor o caso fortuito
debidamente comprobados, si el adjudicatario no
suscribe el contrato dentro del plazo expresado en estos pliegos se hará
efectiva la garantía de seriedad
de la propuesta a título de indemnización
y a favor de la LOTERIA DEL HUILA, sin perjuicio de la iniciación de
otras acciones legales si la garantía
no cubre el valor de todos los perjuicios.
2.11
DECLARATORIA DESIERTA:
La
presente Licitación se declarará desierta únicamente por motivos o causas que
impidan la escogencia objetiva. Se declarará en acto administrativo motivado,
en el que se señalará en forma
expresa y detallada las razones que han conducido a esa decisión , de
conformidad a los establecido en el Artículo 25, numeral 18 de ley 80 de 1993,
teniendo en cuenta además la
definición de selección objetiva contemplada en el artículo 29 de la misma
Ley.
2.12
DEVOLUCION DE LAS GARANTIAS DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Quienes
no salgan favorecidos con la adjudicación, la LOTERIA DEL HUILA, ha solicitud
del oferente, les devolverá la garantía dentro de los 15 días calendario
siguientes a la fecha de la adjudicación; exceptuando al que haya sido ubicado
en el segundo lugar, a quien se le devolverá un mes después de solicitada.
3.
CARACTERÍSTICAS DE LA IMPRESIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS
FORMULARIOS
3.1.
IMPRESION
Y ENTREGAS.
Impresión de Treinta y cinco mil (35.000) rollos en papel térmico para el
juego de apuestas permanentes “Chance” en el Departamento del Huila,
discriminados así:
·
UNICA
ENTREGA: 35.000 Rollos que serán entregados el 30 de Mayo de 2007, utilizables
en los meses de Junio a Diciembre de 2007.
Nota:
cada Rollo en papel térmico consta de doscientos cincuenta (250) formularios en
original, de acuerdo a los colores y especificaciones que se detallan mas
adelante.
3.2.
TAMAÑO.
El tamaño del formulario será de 56 milímetros de ancho por 41/4
pulgadas de largo, los rollos serán de 250 formularios, con core o centro de
1,2 centímetros.
3.3.
CALIDAD Y PAPEL.
Los formularios impresos deben ser presentados en papel térmico de 55 gramos de
peso por metro cuadrado. El papel utilizado en los formularios debe ser
de primera calidad, serán impresos en fondo de seguridad especial para
dificultar al máximo su reproducción y se utilizará para el proceso tintas
que garanticen la incorporación al papel de elementos que lo protejan contra
falsificaciones y adulteraciones. El diseño debe ser aprobado previamente por
LA LOTERIA DEL HUILA. Los
formularios deben llevar en la impresión las siguientes tintas de seguridad:
ANVERSO:
a)
Una tinta de seguridad fugitiva.
b)
Tres tintas de aceite para la impresión de los logos, casillas y textos
en general.
c)
Numeración de siete (7) dígitos, 5 consecutivos y 2 dígitos de control
mediante sistema INK JET, el cual supera ampliamente la impresión láser con dígitos
de control. Los dos dígitos de la izquierda se utilizarán como control y los
cinco restantes serán los consecutivos, por lo que además, las series a
utilizar tendrán como prefijo tres letras del alfabeto y cambiaran cada cien
mil formularios.
La
numeración de cada formulario será consecutiva y sin repetición y empezará a
partir de la serie ABB del 00001 en adelante.. El proponente se compromete a
suministrar un software que permita mediante la captura de la numeración
consecutiva, la determinación de la autenticidad del formulario, al comprobar
el dígito de verificación de ese contra el que arroja el software suministrado
por el proponente.
Cada
ejemplar contendrá los siguientes datos y textos: a) Logotipo y nombre de la
Empresa en caracteres destacados. b) Nombre del Concesionario “ SUCHANCE
S.A.” ELECTRONICO Nit 891.104.871-9. c) La serie y el numero va en forma
horizontal.
EN
EL REVERSO
del formulario irá una tinta de aceite para impresión de
textos y casillas que indique LA LOTERIA DEL HUILA.
La impresión se efectuará previa la aprobación del diseño definitivo
por parte de LA LOTERIA DEL HUILA y deberá llevar la siguiente información:
“
Por el cual se expide el Código Penal”
EL
CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA
Artículo 312º. Ejercicio ilícito de la actividad monopolística de arbitrio
rentístico. El que de cualquier
manera o valiéndose de cualquier medio ejerza una actividad establecida como
monopolio de arbitrio rentístico, sin la respectiva autorización, permiso o
contrato, o utilice elementos o modalidades de juegos no oficiales, incurrirá
en prisión de tres (3) a cinco (5) años y multa de cien (100) a cuatrocientos
(400) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La
pena se aumentará en una tercera parte cuando la conducta fuere cometida por el
particular que sea concesionario, representante legal o empresario legalmente
autorizado para la explotación de un monopolio rentístico, y hasta la mitad,
cuando lo fuere por un servidor público de cualquier entidad titular de un
monopolio de arbitrio rentístico o cuyo objeto sea la explotación o
administración de este.
DECRETO
NUMERO 1350 DE 2003.
27
DE MAYO DE 2003.
Artículo 3º. – ESTRUCTURA
DEL PLAN DE PREMIOS.
Los planes de premios para el juego de apuestas permanentes o chance
tendrán como mínimo la siguiente estructura:
-
Para el acierto de las cuatro (4) cifras seleccionadas por el jugador, en su
orden, se pagarán cuatro mil quinientos pesos ( $4.500) por cada peso ($1)
apostado.
-
Para el acierto de las cuatro (4) cifras seleccionadas por el jugador, en
cualquier orden, se pagarán doscientos ocho pesos ($208) por cada peso ($1)
apostado.
-
Para el acierto de las tres (3) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden
se pagarán cuatrocientos pesos ($400) por cada peso ($1) apostado.
-
Para el acierto de las tres (3) cifras seleccionadas por el jugador, en
cualquier orden, se pagarán ochenta y tres pesos ($83) por cada peso ($1)
apostado.
-
Para el acierto de las dos (2) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden,
se pagarán cincuenta pesos ($50) por cada peso ($1) apostado.
-
Para el acierto de la última y única (1) cifra seleccionada por el jugador, se
pagarán cinco pesos ($5) por cada peso ($1) apostado.
PARAGRAFO.-
De acuerdo con el número de cifras seleccionadas por el jugador, cuatro (4),
tres (3), dos (2) o una (1), se entenderá que corresponden a las cuatro, tres
últimas, dos últimas o última, del resultado del premio mayor de la lotería
o del juego autorizado.
ARTICULO 4º.- PAGO DE
PREMIOS.-
Los premios deberán ser pagados por el concesionario a la presentación del
documento de juego para su cobro, previas las retenciones de impuestos a que
haya lugar.
En
ningún caso el premio podrá ser pagado en especie, ni en cuotas partes.
PARA
CUALQUIER INFORMACION ADICIONAL FAVOR COMUNIQUESE CON LA LOTERIA DEL HUILA.
8712066- 8713410
NOMBRE
DEL
APOSTADOR.........................................................................
CEDULA
DE
CIUDADANIA.............................................................................
DIRECCION
Y
TELEFONO..............................................................................
TERMINO
DE PRESENTACION PARA SU PAGO DOS (2) MESES
ESTE
FORMULARIO SOLO PUEDE SER COMERCIALIZADO EN EL DPTO DEL HUILA
3.4.
PRESENTACION.
La presentación se hará en rollos en papel térmico de doscientos cincuenta
(250) formularios en original cada uno, con core o centro de 1,2 centímetros.
3.5. EMPAQUE Y ENTREGAS. La
entrega de los rollos en papel térmico se harán en cajas de cartón de doble
pared de 100 rollos cada caja, debidamente zunchada y con etiqueta que indique
cantidad, serie y numeración respectiva. La entrega de los rollos en papel térmico
se realizará en la Carrera 4 No. 9-25 de la Ciudad de Neiva, Oficinas de LA
EMPRESA o en la nueva dirección, que se les comunicará oportunamente. La
única entrega deberá realizarse el
día 30 de Mayo de 2007. Los gastos de
entrega, fletes, transporte y la seguridad de los rollos son de total
responsabilidad de quien los suministra. EL
CONTRATISTA garantiza que no obstante dificultades técnicas que se llegasen a
presentar en sus instalaciones o máquinas, realizará la entrega de los rollos
en papel térmico con la calidad y
seguridad requerida y dentro del término aquí establecido.
El
proponente debe presentar un plan de contingencia que garantice que no obstante
dificultades técnicas que se llegasen a presentar en sus instalaciones o máquinas,
podrán realizar la impresión bajo las condiciones y calidad ofrecidas y la
entrega dentro del término establecido.
3.6.
SEGURIDAD.
El original se imprimirá en tinta
de seguridad tanto en el ANVERSO como en el REVERSO, de acuerdo a lo estipulado
en el numeral 3.3. El proponente informará sobre las condiciones de seguridad
que garanticen completo control en la factoría o talleres donde se realizará
la impresión de los formularios de tal manera que sus dependientes o personas
diferentes a estos no puedan disponer de las planchas para emitir dobles
formularios de la misma serie. El proponente favorecido se comprometerá a
suministrar un software que permita mediante la captura de la numeración
consecutiva, la determinación de la autenticidad del formulario, al comprobar
el digito de verificación de ese contra el que arroja el software.
3.7.
MUESTRAS.
A la propuesta se le deberá anexar la muestra del diseño de los rollos y
formularios. Se podrán presentar varias alternativas de diseño.
4.
DOCUMENTOS INTEGRANTES DE LA OFERTA
Para
que las propuestas se consideren válidas deben presentarse con los siguientes
documentos, organizados en orden riguroso.
4.1
PERSONAS NATURALES
4.1.1
Carta de presentación
debidamente firmada por el proponente de
conformidad al anexo 1 del
presente pliego.
4.1.2
Garantía de seriedad de la
propuesta expedida por una compañía
de seguros o entidad bancaria
autorizada para funcionar en Colombia , por el 10% del valor de la propuesta,
por un término de tres (3) meses contados a partir de la fecha dispuesta para
el cierre de la Licitación.
4.1.3.
Recibo original
de pago de la prima de la garantía.
4.1.4.
Recibo de pago correspondiente a la compra
del pliego de condiciones ó fotocopia del mismo.
4.1.5.
Dos (2) referencias comerciales en las que aparezca el nombre, actividad
mercantil y dirección de quien las expide, indicando el negocio o negocios
realizados con el proponente en los
dos últimos años.
4.1.6.
Certificaciones de EXPERIENCIA Y CUMPLIMIENTO de contratos de impresión y
suministro de formularios utilizables en el Juego de Apuestas Permanentes,
especificando la cuantía, calidad
del servicio y cumplimiento en la ejecución del contrato.
4.1.7.
Copia autenticada de la declaración de renta de los años 2004 y 2005..
4.1.8.
Balance general y Estado de Ganancias y Pérdidas de los últimos dos años, con corte a 31 de
Diciembre de 2006., certificado por el Representante Legal y por
el Contador Público, anexando fotocopia autenticada de la tarjeta
profesional del contador.
4.1.9.
Dos(2) referencias
bancarias, donde conste antigüedad y
manejo de la cuenta.
4.1.10.
Muestra
de los formularios ofrecidos.
4.1.11.
Valor
unitario y total de la propuesta incluido el IVA.
4.1.12.
Certificado de Existencia y
Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio, dentro de los
treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de apertura de la Licitación,
el cual deberá estar la información actualizada al año 2007.
4.2.
PERSONAS JURIDICAS
4.2.1.
Carta de presentación de la propuesta, firmada por el representante legal y acta o
acto de la Sociedad donde conste la autorización
para presentar la oferta y celebrar el respectivo contrato si fuere el
caso, atendidas las disposiciones
de los estatutos de la respectiva sociedad,
de conformidad al anexo número 1.
4.2.2.
Garantía de seriedad de la
propuesta expedida por una Compañía de Seguros o entidad bancaria autorizada
para funcionar en Colombia , por el 10% del valor de la propuesta, por un término de (3)
tres meses, contados a partir de la
fecha dispuesta para el cierre de la Licitación.
4.2.3 Recibo original de pago de
la prima de la Garantía o Póliza exigida.
4.2.4 Recibo de pago
correspondiente a la compra del pliego de condiciones o fotocopia del mismo.
4.2.5
Dos (2) referencias
comerciales en las que aparezca el nombre, actividad mercantil
y dirección de quien la expide, indicando el negocio
o negocios realizados con el proponente
en los dos últimos años.
4.2.6
Certificaciones de EXPERIENCIA, CALIDAD Y CUMPLIMIENTO de contratos de
impresión y suministro de formularios utilizables en el Juego de Apuestas
permanentes, en sus diferentes presentaciones, identificando el objeto, cuantía,
y cumplimiento en la ejecución de contratos, realizados durante los últimos
dos años, a los cuales se les ha prestado el servicio.
4.2.7 Copia auténtica de la
declaración de Renta de los años 2004 y 2005.
4.2.8 Balance General y Estado de
Ganancias y Pérdidas de los últimos dos años con
corte a 31 de Diciembre de 2006, certificado por el Representante
Legal y por el Contador Público y/o Revisor Fiscal. Anexando
fotocopia autenticada de la tarjeta profesional del contador y Revisor Fiscal.
4.2.9
Dos (2) referencias
bancarias, donde conste antigüedad y manejo que se le ha dado a la cuenta.
4.2.10
Anexar original del certificado de la Cámara de Comercio de existencia y
representación legal de la Compañía, vigencia de la sociedad
con fecha mínima de existencia hasta el 2007
y autorización para operar en los
ramos objeto de la contratación, expedido con no más de 30 días calendario de
antelación a la fecha de cierre de la presente Licitación.
4.2.11.
Muestra de los formularios ofrecidos
4.2.12.
Valor unitario y total de la propuesta incluido el IVA.
4.3
CONSORCIO O UNIONES TEMPORALES
Los
proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio
o unión temporal y, en este último caso, señalarán los términos y
extensión de la participación en
la propuesta en su ejecución, los cuales no podrán
ser modificados sin el consentimiento
previo sociedad estatal
contratante.
Los
miembros del consorcio y de la unión temporal deberán designar la persona que
para dichos efectos, representará al
consorcio o unión temporal y señalarán las
reglas básicas que regulen las
relaciones entre ellos y su responsabilidad.
REQUISITOS:
En
esta Licitación se admitirán propuestas en consorcio o Uniones Temporales, de
dos o más personas naturales o jurídicas, siempre y cuando llenen los
siguientes requisitos:
4.3.1
Todos los integrantes del Consorcio deben ser elegibles.
4.3.2
La oferta y, en caso de adjudicación, el (los) contrato (s) deberá (n)
ser firmado (s) por todos los integrantes del consorcio o Unión Temporal, de
manera que los comprometa en forma
solidaria.
Con
la oferta deberá suministrarse copia autenticada del Acta del acuerdo
comercial, que establezca la duración objeto, participación de sus integrantes
y su representación para todos los efectos.
Además,
requisitos establecidos para personas naturales o jurídicas, de acuerdo a la
formación del consorcio o unión temporal, según lo establecido en los
numerales 4.2 del pliego de condiciones.
Al
evento de que sea adjudicado el objeto de la presente Licitación, el acuerdo
comercial debe ser suscrito por el término del contrato y 3 (tres) meses más.
Los
documentos aquí requeridos y que se consideren necesarios para la
valoración de las ofertas se deben suministrar en la forma en que se
exigen.
La
LOTERIA DEL HUILA, se reserva el derecho de solicitar aclaraciones o
ampliaciones de documentos que
hagan parte integral de las propuestas.
SECCION
III
CONDICIONES
GENERALES
5.
REGIMEN JURIDICO APLICABLE: Artículo
336 CN, Ley 643 de 2001 y sus
Decretos Reglamentarios, y Ley 80 de
1983, y sus Decretos Reglamentarios, Decreto 2170 de 2002 y demás disposiciones
que reglamentan el Juego de
Apuestas Permanentes. Lo sustituya o modifique.
6.
GASTOS DEL CONTRATO Y DE LA LICITACION:
Los
gastos que genere este proceso de selección
para la presentación de la oferta y de la legalización del contrato
tales como pago de impuestos, publicación
y constitución del contrato
y demás serán por cuenta y riesgo del contratista en su totalidad.
Finalmente,
se precisa que en la eventualidad de promulgarse nuevas normas nacionales que
reglamenten la explotación del
monopolio del Juego de Apuestas Permanentes “ Chance “ los oferentes aceptan
irrestrictamente someterse a los ajustes de las nuevas condiciones
fijadas en la Ley en los contratos respectivos.
7.
SELECCIÓN DE LA OFERTA:
Una
vez realizado el procedimiento anterior de evaluación de las propuestas
se seleccionará la que obtenga el mayor puntaje.
En
caso de empate en la calificación
total de las propuestas, deberá preferirse
el proponente que hubiere tenido el mejor puntaje de ponderación en
Propuesta económica. Si persistiere el empate se preferirá a quien hubiere
tenido la mejor Solidez Financiera.
En
la evaluación de las propuestas se tendrán en cuenta las condiciones de,
Solidez Financiera; Propuesta Técnica, Seguridad y Experiencia y Propuesta Económica.
El orden de elegibilidad entre los proponentes que
cumplan los requisitos, se determinará según la puntuación obtenida en
la evaluación en orden
descendente, teniendo en cuenta la oferta económica mínima exigida y el
patrimonio contable.
La
adjudicación se hará por parte
del Gerente de la Empresa de Lotería y Juego de Apuestas Permanentes del
Departamento del Huila, previo los estudios del caso y hechos los análisis
comparativos por parte del Comité técnico Asesor, El Proponente
o Proponentes que estimen más
conveniente y que se encuentre ajustado al pliego de condiciones de conformidad
con la selección objetiva consagrada en el Artículo 29 de la Ley 80 de 1993.
8.
PROPUESTA ECONÓMICA.
La
propuesta debe contener la relación detallada y específica del VALOR DE CADA
ROLLO de doscientos cincuenta (250) formularios en original , indicando el IVA y
el VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA. Se debe especificar el valor total de la
propuesta económica en número y letras. En el valor de la propuesta se
entienden comprendidos todos los costos en que debe incurrir el Proponente como
impresión, suministro, fletes, garantías, etc.
SECCION
V
CRITERIOS
DE COMPARACION Y SELECCION DE LAS OFERTAS
9.
FACTORES DE SELECCIÓN.
En
la selección de las propuestas para la adjudicación de la presente Licitación
celebrada por la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL
DEPARTAMENTO DEL HUILA, se aplicará lo dispuesto por la ley 80 de 1993;
realizando el estudio jurídico, económico y técnico, necesarios para la
evaluación de las propuestas; señalando para ello un plazo máximo de cuatro
(4) días hábiles, contados a partir de la fecha de la diligencia de cierre de
la Licitación, comprendidos dentro de estos los días para solicitar a los
proponentes las aclaraciones y explicaciones que se estimen indispensables.
La
evaluación de las propuestas se hará en el siguiente orden:
9.1
Estudio Jurídico.
Se
estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal exigidos en
los pliegos de condiciones, verificando su estricto cumplimiento.
Constituyen requisitos esenciales de la propuesta, los documentos
esenciales de las mismas que se ajusten a las condiciones y especificaciones que
sobre ellos se soliciten en las condiciones de la Licitación.
Serán admitidas las propuestas que cumplan los citados requisitos
legales y rechazadas las que no cumplan.
9.2
Estudio Económico.
A
las propuestas elegibles se les hará las correcciones aritméticas en el
formulario de cantidades y precios. En
estas correcciones se considerará el resultado exacto de la multiplicación de
las cantidades indicadas en el formulario de las propuestas por el precio, en
pesos colombianos en cada item especificado.
Si el valor global de cada item no
corresponde a tal multiplicación, se hará la corrección correspondiente en
cuyo caso se considerara como valor total de ésta el que resulte una vez hechas
las correcciones.
Cuando
existan discrepancias entre los precios de la propuesta y sus correspondientes
análisis de precios, regirán los precios que aparecen en los análisis de
precios, corregidos aritméticamente.
Verificada
la exactitud de los cálculos numéricos requeridos para obtener el valor total
de la propuesta, se elaborará un cuadro contentivo del resumen del análisis de
las propuestas, en el que se contemple el cumplimiento de los documentos
esenciales de la propuesta de la Licitación pública.
9.3
Estudio Técnico.
La
evaluación Técnica de las propuestas se adelantará teniendo como marco lo
dispuesto en la ley 80 de 1993, las condiciones de la Licitación y demás
normas vigentes, sobre la materia, y realizando:
9.3.1.
Revisión matemática de los análisis de precios.
9.3.2.
Revisión y/o corrección del valor de las propuestas, con base a las cantidades
y los análisis de precios revisados.
9.3.3.
Revisión de las cantidades y calidades requeridas para verificar que éstas
cumplan con las especificaciones y cantidades exigidas en los pliegos de
condiciones.
10.
PONDERACION DE LAS PROPUESTAS ADMISIBLES.
La
ponderación de los factores de evaluación de las propuestas se aplicará a las
no descartadas, es decir a las propuestas que calificaron según el estudio jurídico,
mediante la aplicación del siguiente puntaje:
SOLIDEZ
FINANCIERA
HABIL O NO HABIL
PROPUESTA
TECNICA, SEGURIDAD Y EXPERIENCIA HABIL
O NO HABIL
PROPUESTA
ECONÓMICA
10 PUNTOS
TOTAL
PUNTAJE
10 PUNTOS
Solamente
clasificarán los proponentes que superen el 75% del puntaje general
establecido. Los puntajes serán ponderados como se explica a continuación:
10.1.
SOLIDEZ FINANCIERA.
Los
índices se calcularán de acuerdo a lo establecido en el Régimen Contable
Colombiano, sobre la base del Balance General y el Estado de Pérdidas y
Ganancias al 31 de Diciembre de 2006..
10.1.1.
LIQUIDEZ
HABIL
10.1.1.1.
Razón corriente...............................................HABIL
Este
índice se establece con la siguiente formula: activo corriente/
Pasivo
corrinete.
Mayor de 1.4
=
HABIL
10.1.1.2.
Prueba ácida....................................................HABIL
Este
índice se calcula con la formula: activo corriente-inventario/
Pasivo
corriente.
Mayor de 1.1
=
HABIL
10.1.2.
ACTIVIDAD
_
HABIL
10.1.2.1. Venta promedio diaria (en millones de $).... HABIL
Este
índice se establece como el total de las ventas registradas durante el último
año fiscal dividido entre el número de días hábiles del año.
Mayor de 12
= HABIL
10.1.3. RENTABILIDAD HABIL
10.1.3.1. Rendimiento (%)..................HABIL
Este índice se calcula con la siguiente formula:
Utilidad
Neta antes de impuestos/ ventas netas.
Mayor a
4.5
= HABIL
10.1.4.
APALANCAMIENTO (%)
HABIL
Endeudamiento
La
formula para calcular este índice es: Pasivo total/ Activo Total.
Menor a 55
=
HABIL
10.1.5.
CAPITAL DE TRABAJO (En millones de pesos)
HABIL
(Activo
Corriente menos Pasivo Corriente)
PARA UN TOTAL DE ..................................................................
HABIL
10.2. PROPUESTA
TECNICA, INFRAESTRUCTURA Y EXPERIENCIA:
10.2.1.
EXPERIENCIA ESPECIFICA (en millones de $)
HABIL
Los
proponentes deberán anexar copia y relación detallada de los contratos de
impresión de formularios utilizables para el juego de Apuestas Permanentes en
sus diferentes presentaciones realizados durante los dos últimos años, a los
cuales se les ha prestado el servicio, detallando el número del contrato y
cuantía. La sumatoria del valor de los contratos se calificará de la siguiente
manera:
Mas de 200
=HABIL
10.2.2.
EXPERIENCIA ESPECÍFICA (en años)
HABIL
La
experiencia específica se demuestra con las constancias expedidas por cada una
de Empresas de Lotería del País y firmas contratantes a las cuales se les ha
prestado el servicio de impresión de formulario de chance, detallando la
vigencia del contrato y relacionando número de Contrato y la cuantía.
Más de
3
= HABIL
10.2.3.
INFRAESTRUCTURA TECNICA
HABIL
10.2.3.1
En la Planta de Producción y en la elaboración de formularios de chance y
documentos
= HABIL
Para
calificar las medidas de seguridad en la elaboración de los rollos en papel térmico
se tendrán en cuenta las medidas de seguridad solicitadas.
PARA
UN TOTAL
DE.................................................................HABIL
10.3
PROPUESTA ECONÓMICA
Para
ésta calificación se tomará como base el presupuesto oficial y a partir del
mismo se calificará la propuesta económica total estableciendo diferencia en
puntos por cada rango de variación porcentual de un 3%, sobre el total, así:
Menor
de $90.628.428
10
Puntos
De
$90.628.429 y hasta $93.431.369
08 Puntos
De
$93.431.370 y hasta
$96.320.999
06 Puntos
De
$96.321.000 y hasta
$99.300.000
04 Puntos
PARA
UN TOTAL DE...............................................10 PUNTOS
11.
CELEBRACION DEL CONTRATO
La
Propuesta seleccionada deberá suscribir y legalizar el contrato dentro de los
siete (07) días hábiles siguientes a la comunicación que en tal sentido
realice La Empresa. El Contrato resultante de la presente Licitación se
efectuará conforme a lo establecido en la Ley 80 de 1993 y deberá suscribir la
póliza de garantía única correspondiente. Si el Contrato no es suscrito y
legalizado dentro del término aquí señalado, La Empresa de Lotería del Huila
podrá adjudicar el Contrato al Proponente calificado en segundo lugar siempre
que haya superado el 75% de la calificación.
12.
LEY 643 DE ENERO 16 DE 2001, DECRETO 1350 DE 2003 Y DEMAS DECRETOS
REGLAMENTARIOS.
Si
durante la ejecución del Contrato resultante de la presente Licitación, el
gobierno reglamenta la Ley 643 de 2001y ésta modificase las condiciones del
juego de apuestas permanentes "chance", se procederá a la respectiva
modificación de las condiciones del contrato.
13.
OTROS.
Si
en la eventualidad de la reglamentación de la ley 643 de 2001, el Gobierno
Nacional decretaré cualquier cambio en la operatividad de la Empresa de Lotería
y Juego de Apuestas Permanentes del Departamento del Huila o la unificación de
la misma con otras o cualquier otra situación de Ley, Decreto O CUALQUIER
SITUACIÓN DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, se procederá a la cancelación del
contrato al proponente que haya salido favorecido sin derecho a indemnización
alguna por parte de esta empresa al contratista.
SECCION
VI
ANEXOS
DE LA PROPUESTA
ANEXO
UNO :
CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA
Lugar
y Fecha..................
Señores
EMPRESA
DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES
DEL
DEPARTAMENTO DEL HUILA
Carrera
4 No. 9-25
Edificio
Diego de Ospina
Neiva-
Huila
El
suscrito......................, mayor de edad, vecino de la ciudad de
..............., identificado con la cédula de ciudadanía número ........,
expedida en...................., actuando en nombre y representación legal de
la Sociedad.............................., me dirijo a ustedes con el fin de
presentar oferta formal para la Licitación Pública No. 002 de 2007 que tiene
por objeto..........................................., de acuerdo con las
especificaciones que se establecen en los pliegos de condiciones y documentos de
la Licitación, manifiesto expresamente lo siguiente.
1.-
Conozco el pliego de condiciones, incluidos sus adendos, y los acepto en su
integridad.
2.-
En caso de que la propuesta aquí presentada sea seleccionada, me comprometo ( o
la persona jurídica por mí representada se compromete) a suscribir el contrato
y a cumplir oportunamente los requisitos de ejecución; así como también a
aceptar las variaciones que el concedente deba hacer al pliego o al contrato
mismo, hacia el futuro para ajustarlos a ordenamientos legales nuevos.
3.-
En caso de que la propuesta aquí presentada sea seleccionada, me obligo ( o la
persona jurídica por mi representada) se obliga a su cumplimiento hasta que se
perfeccione el contrato y se cumplan los requisitos de ejecución.
4.-
La propuesta tiene una vigencia de .....( no inferior a 30 días calendario),
contados a partir del cierre de la Licitación.
5.-
Quien presenta esta propuesta no se encuentra incurso en ninguna causal de
inhabilidad o incompatibilidad.
6.-
La dirección a la cual puede dirigirse la correspondencia relacionada con la
presente Licitación es la siguiente:.................. Los números de teléfono
y fax son los siguientes.....................
7.-
El valor de la propuesta económica es:.....................($..........).
8.-
La póliza de garantía de seriedad de la propuesta es la No........, El número
de inscripción en el Registro Unico de Proponentes es...... de la Cámara de
Comercio de .......
9.-
La vigencia de la oferta.......(...) a partir de la fecha de cierre de la
Licitación.
............................................
Firma
del Representante Legal
NOMBRE..........................................
IDENTIFICACION..............................
ANEXO
DOS: FORMATO DE CONSTANCIA SOBRE CALIDAD Y CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS ANTERIORES
No.
CONTRATO
CANTIDAD DE ROOLOS
VALOR
________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
FABIO
RAMIREZ
Gerente
ANEXO
No. TRES: MINUTA DEL CONTRATO
EMPRESA
DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES
DEL
DEPARTAMENTO DEL HUILA
CONTRATO
No.: XXX-
C.D.P. No. XX DEL XXX de XXXXXXXXX
de 2007.
OBJETO:
Impresión
y suministro de 35.000 rollos en papel térmico, utilizables en el Juego de Apuestas
Permanentes “chance” en el Departamento del Huila para los meses de Junio a
Diciembre de 2007.
CONTRATANTE:
Empresa de Lotería y Juego de Apuestas Permanentes del
Departamento del Huila.
Nit
No. 800.244.699-7
CONTRATISTA:
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXx
Nit. No. xxxxxxxxxxxxxxxx
VALOR:
$ XXXXXXXXXXXXXXXXx Mcte.
PLAZO
DE ENTREGA:
XX de XXXX y XXX de XXXXX de 2007
Entre
los suscritos a saber: XXXXXXXXXXXXXXX,
mayor de edad y vecino de Neiva, identificado con la cédula de ciudadanía No
4.895.154 expedida en Tesalia (Huila) quien obra en nombre y representación
legal de la EMPRESA
DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA,
Nit. 800.244.699-7, Empresa Industrial y Comercial del Departamento del Huila
creada mediante el Decreto 554 de Junio 15 de 1994, de la cual es Gerente y quién
para todos los efectos del presente contrato, se denominará LA
EMPRESA de
una parte y de la otra ______________________________________
identificado con la cédula de ciudadanía No. _______________de
____________, quien obra en nombre y representación legal de
_______________________________________________,
con Nit. No. _____________________,
para participar como oferente en la Licitación Publica No. XXXX de 2007,
documento que se encuentra debidamente autenticado por la Notaria _______ del
Circulo de _____________ respectivamente, a quien en el texto de este documento
se denominará EL
CONTRATISTA,
hemos convenido celebrar el presente contrato, adjudicado mediante Resolución
No. XXXX del xxxx de XXXX de 2007 que se regirá
por los términos, condiciones, plazos y estipulaciones contenidas en las
siguientes cláusulas. CLAUSULA
PRIMERA:
OBJETO.
El objeto del presente contrato es
la Impresión y Suministro de TREINTA
Y CINCO MIL (35.00)
rollos en papel térmico, utilizables en el juego de apuestas permanentes
“Chance” en el Departamento del Huila para los meses de Junio a Diciembre de
2007, consecutivos de doscientos cincuenta (250) Formularios original cada uno.
CLAÚSULA
SEGUNDA: CARACTERISTICAS
DE LA IMPRESIÓN Y ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS FORMULARIOS. EL CONTRATISTA se
obliga a imprimir y suministrar los rollos en papel térmico en el Juego de
Apuestas Permanentes de acuerdo a la oferta básica de la propuesta (la serie y
numero se ubicaran en la parte inferior de cada formulario), bajo las siguientes
especificaciones: 2.1)
Suministro de TREINTA
Y CINCO MIL (35.000)
rollos en papel térmico, compuesto cada rollo de doscientos cincuenta
(250) formularios en
original, de acuerdo a los colores y especificaciones que se detallan mas
adelante.
2.2)
TAMAÑO:
El
tamaño del formulario será de 56 milímetros de ancho por 41/4 pulgadas de
largo, los rollos serán de 250 formularios, con core o centro de 1,2 centímetros.
Cada rollo debe contener una pestaña en blanco no utilizable al iniciar y
finalizar, equivalentes a dos formularios.
2.3)
CALIDAD
Y PAPEL.
Formularios
impresos en papel térmico:
deben ser suministrados en papel térmico de 55 gramos de peso por metro
cuadrado, el cual permite el adecuado anclaje de las tintas litográficas y de
seguridad..
El papel utilizado en los formularios, deben ser de primera calidad y serán
impresos en fondo de seguridad especial para dificultar al máximo su reproducción
y se utilizará para el proceso tintas que garanticen la incorporación al papel
de elementos que lo protejan contra falsificaciones y adulteraciones. El diseño
debe ser aprobado previamente por LA LOTERIA DEL HUILA.
Los formularios en papel térmico deben llevar en la impresión las
siguientes tintas de seguridad: ANVERSO:
a) Una tinta de seguridad fugitiva. b) Tres tintas de aceite para la impresión
de los logos, casillas y textos en general. c) Numeración en tinta ink Jet con
dígitos de control. Los dos dígitos de la izquierda se utilizarán como
control y los cinco restantes serán los consecutivos, por lo que además, las
series a utilizar tendrán como prefijo tres letras del alfabeto y cambiaran
cada cien mil formularios. El dígito de verificación al igual que los otros
cinco dígitos de la numeración irá en tinta negra ink jet de alto poder
adherente sobre las fibras del papel para dificultar su adulteración. La
numeración de cada formulario será consecutiva y sin repetición y empezará a
partir de la serie ABB del 00001 en adelante; el diseño de seguridad contará
con fondo micro lineal personalizado por el anverso impreso en tinta fugitiva,
guilloch de seguridad por el anverso, curvas especialmente diseñadas en
microtexto al anverso, microtextos al reverso y código de barras al anverso.
EL
CONTRATISTA
se compromete a suministrar un software que permita mediante la captura de la
numeración consecutiva, la determinación de la autenticidad del formulario, al
comprobar el dígito de verificación de ese contra el que arroja el software
suministrado por el contratista. Cada
ejemplar contendrá los siguientes datos y textos: a) Logotipo y nombre de la
Empresa en caracteres destacados. b) Nombre del Concesionario “SUCHANCE
S.A.” ELECTRONICO Nit 891.104.871-9, dirección: Carrera 4 No.. 8-61
Neiva-Huila y Teléfono: 8713399- 8713386. c) La serie y el número va en forma
horizontal. EN
EL REVERSO
de los formularios de papel térmico irá una tinta de aceite para impresión de
textos y casillas que indique LA LOTERIA DEL HUILA.
La impresión se efectuará previa la aprobación del diseño definitivo
por parte de LA LOTERIA DEL HUILA y deberá llevar la siguiente información: PLASMAR
EN EL REVERSO DEL FORMULARIO DE MANERA COMPLETA Y CLARA LA LEY 599 DEL AÑO 2000
“Por el cual se expide el Código Penal en su artículo 312 Y EL DECRETO 1350
DEL 27 DE MAYO DE 2003 EN SUS ARTICULOS 3 Y 4. PRESENTACION: La presentación
se hará en rollos en papel térmico de doscientos cincuenta (250) formularios
en original cada uno, con core o centro de 1,2 centímetros, el tamaño de cada
formulario será de 56 milímetros de ancho por 41/4 pulgadas de largo.
CLAUSULA
TERCERA: ENTREGAS Y
EMPAQUE.
La entrega de los rollos en papel térmico se harán en cajas de cartón de
doble pared de 100 rollos cada caja, debidamente zunchada y con etiqueta que
indique cantidad, serie y numeración respectiva. La entrega de los rollos en
papel térmico se realizará en la Carrera 4 No. 9-25 de la Ciudad de Neiva,
Oficinas de LA
EMPRESA.
La entrega deberá realizarse de la siguiente manera: la cantidad de 35.000
rollos en papel térmico en una sola entrega para el día 30 de Mayo de 2007.
Los gastos de entrega, fletes, transporte y la seguridad de los rollos
son de total responsabilidad de quien los suministra.
EL
CONTRATISTA garantiza
que no obstante dificultades técnicas que se llegasen a presentar en sus
instalaciones o máquinas, realizará la entrega de los rollos en papel térmico
con la calidad y seguridad requerida y dentro del término aquí establecido.
CLAUSULA
CUARTA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
Son obligaciones del CONTRATISTA
las siguientes: 4.1)
Realizar la impresión de los rollos en papel térmico de acuerdo a las
especificaciones contenidas en la cláusula
segunda de este instrumento y en los términos de la propuesta presentada
por el CONTRATISTA,
la cual hace parte integral del contrato. 4.2)
Prestar asesoría técnica a LA
EMPRESA,
en todos los casos que exista duda sobre la autenticidad de los formularios,
certificando si el formulario es o no genuino. 4.3)
Realizar la entrega de los rollos en papel térmico en la ciudad de Neiva, Cra 4
No. 9-25 Oficina de Lotería del Huila y será de absoluta responsabilidad y a
su cargo el transporte, seguro de la Mercancía y los fletes. 4.4)
EL CONTRATISTA
responderá por los perjuicios que se causaren por la deficiente calidad de la
impresión de los formularios de los rollos en papel térmico; por irregularidad
en la entrega y en general por cualquier violación a las cláusulas
contractuales. 4.5)
EL CONTRATISTA,
garantiza a LA
EMPRESA,
completo control en la factoría o talleres donde se realiza la impresión de
los Formularios de tal manera que sus dependientes o personas diferentes a estos
no puedan disponer de las planchas para emitir dobles formularios de la misma
serie. PARÁGRAFO
1. El
incumplimiento o atraso en la fecha de entrega de los rollos en papel térmico,
que ocasione perjuicios graves a LA
EMPRESA,
se constituye en causal para dar por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO
2.
El Contratista se obliga a cambiar las características y tamaño de la impresión
de los formularios, según el formato único que establezca el gobierno
nacional, de acuerdo con la facultad que le otorga el art. 25 de la Ley 643 de
2001 u otra reglamentaria. CLAÚSULA
QUINTA: OBLIGACIONES DE LA EMPRESA. LA EMPRESA se
obliga a cancelar el presente contrato en los términos estipulados en la Cláusula
Novena del presente contrato. CLAUSULA
SEXTA: VALOR DEL ROLLO EN PAPEL TERMICO.
Cada rollo de doscientos cincuenta (250) formularios en original tiene un
valor de XXXXXXXXXXXXXXXXXXX ($XXXXXXX)
MCTE, como valor base, más el
16% del IVA que equivale a XXXXXXXXXXXXXXXXXXX ($XXXXXXX)
MCTE, para un total de
XXXXXXXXXXXXXXXXXXX ($XXXXXXX)
MCTE, INCLUIDO EL 16% DEL IVA.
CLAUSULA SÉPTIMA:
VALOR DEL CONTRATO. El
valor total del presente contrato asciende a la suma de XXXXXXXXXXXXXXXXXXX
($XXXXXXX)
MCTE, como valor base, más el
16% del IVA que equivale a XXXXXXXXXXXXXXXXXXX
($XXXXXXX)
MCTE, para un total de
XXXXXXXXXXXXXXXXXXX ($XXXXXXX)
MCTE, INCLUIDO
EL 16% DEL IVA. Valor
en el cual se entienden comprendidos los costos en que debe incurrir EL
CONTRATISTA como
impresión, suministro, fletes, garantías etc. CLAUSULA
OCTAVA: IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL. El
valor del contrato, se imputará con cargo al presupuesto de gastos de la
vigencia de 2007 de LA
EMPRESA,
Cuenta
2.4.1.0.0.1.0.3
denominado Compra
Talonarios Concesión Apuestas Permanentes.
CLAUSULA
NOVENA: FORMA DE PAGO.
LA EMPRESA, pagará
al CONTRATISTA el
valor de la presente previa presentación de la factura, adjuntando certificación
de entrega al almacén. CLAUSULA
DÉCIMA: TERMINO DEL CONTRATO.
El término del presente contrato está comprendido entre la fecha de
perfeccionamiento y legalización y el XXX de XXX de 2007, fecha en la cual debe
EL CONTRATISTA haber
hecho entrega total de los rollos en papel térmico. CLAUSULA
DECIMA PRIMERA: PERSONAL DEL CONTRATISTA. El
contratista se obliga a designar para el desarrollo del presente contrato la
totalidad del personal profesional no existiendo ninguna vinculación laboral
entre LA EMPRESA y
el personal que utilice EL
CONTRATISTA para
la ejecución del contrato, por su independencia y por cuanto fuera de los pagos
estipulados en este contrato, no tiene derecho a ningún otro reconocimiento a título
de prestaciones sociales, económicas o de otro género. CLAUSULA
DECIMA SEGUNDA: GARANTÍA ÚNICA. EL CONTRATISTA
se obliga a constituir a favor de LA
EMPRESA,
en una compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, una
garantía única, de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 numeral 19
de la Ley 80 de 1993 y el artículo 17 del Decreto 679 de 1994, dentro de los
cinco (5) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del presente
contrato, PARAGRAFO
1: La
garantía única debe amparar los siguientes riesgos: a) Garantía
de Cumplimiento: Por
un valor equivalente al DIEZ
POR CIENTO
(10%) del valor del
contrato; el término de dicha garantía será igual al término de duración
del contrato y tres (3) meses más
y garantizará los siguientes factores: El Cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones
derivadas del Contrato por parte del CONTRATISTA;
El pago de multas y; El Valor de la Cláusula Penal Pecuniaria que se haga
efectiva. b) Garantía
de Calidad: Por
un valor equivalente al DIEZ
POR CIENTO (10%)
del
valor del Contrato; el término de dicha garantía será igual al término de
duración del Contrato y Tres meses (3) más y garantizará la calidad de impresión y de las medidas
de seguridad de los formularios. PARAGRAFO
2:
EL CONTRATISTA deberá
reponer las Garantías cuando el valor de las mismas se vea afectado por razón
de siniestros. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente el valor
del contrato o se prorrogue su vigencia, deberán ampliarse o prorrogarse las
correspondientes Garantías. CLAÚSULA
DÉCIMA TERCERA: SUBCONTRATACIÓN. El
contratista no podrá ceder o subcontratar total o parcialmente el presente
contrato, sin previo consentimiento escrito de LA
EMPRESA. CLAÚSULA DECIMA
CUARTA: CADUCIDAD. LA EMPRESA, podrá
declarar la caducidad del presente contrato por el incumplimiento de afecte de
manera grave y directa sus intereses y en general por las causales previstas en
la ley 80 de 1993 y demás normas concordantes y reglamentarias.
PARAGRAFO.
Declarada
la caducidad, se dará por terminado el contrato y se liquidará las
contraprestaciones a que tienen derecho las partes contratantes.
La Resolución que declare la caducidad, en cuanto ordene hacer efectiva
las multas, prestará mérito ejecutivo contra EL
CONTRATISTA
y contra la persona que haya otorgado la garantía y se hará efectiva por
Jurisdicción Coactiva. CLAÚSULA
DECIMA QUINTA: MULTAS. En
caso de mora en el Suministro de los rollos, EL
CONTRATISTA pagará
a título de multa el CINCO
POR CIENTO (5%) del
valor del suministro por cada día de retraso en la entrega.
CLAUSULA
DECIMA SEXTA: PENAL PECUNARIA. En
caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales por parte
del CONTRATISTA,
LA EMPRESA, podrá
exigir el pago de una suma equivalente al (20%) del valor total del contrato que
se hará efectiva en caso de declaratoria de caducidad o incumplimiento, en los
términos de la ley 80 de 1993.
CLAÚSULA
DECIMA SEPTIMA : SUJECIÓN A LOS PRINCIPIOS DE TERMINACIÓN, MODIFICACION E
INTERPRETACIÓN UNILATERALES. Al
presente contrato le son aplicables los principios de terminación, modificación
e interpretación unilaterales de que tratan los Artículos 15,16 y 17 de la ley
80 de 1993. PARAGRAFO:
El
contrato se podrá dar por terminado unilateralmente sin derecho a indemnización
de cualquier índole por la Empresa de Lotería y Juego de Apuestas Permanentes
del Departamento del Huila, por presentarse alguna Sociedad, Asociación con
otras entidades públicas o privadas, en la explotación del monopolio de Loterías
u otra conformación; según el Numeral 8 Articulo 11 Decreto Ordenanza 554 de
1994 o alguna norma de carácter legal o reglamentaria de la ley, en cuyo caso
LA EMPRESA se compromete a recibir y pagar los rollos que estén impresos o en
proceso de impresión en poder del CONTRATISTA.
CLAÚSULA
DECIMA OCTAVA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. EL
CONTRATISTA declara
bajo la gravedad del juramento que no se halla incurso en ninguna de las
inhabilidades e incompatibilidades de que tratan los Artículos 8 y 9 de la ley
80 de 1993. CLAÚSULA
DECIMA NOVENA: SUPERVISIÓN, La
supervisión del Contrato será ejercida por el Profesional Universitario de
Apuestas Permanentes de LA
EMPRESA o
el funcionario que haga sus veces o sea expresamente delegado por ésta para
cumplir dichas funciones. CLAÚSULA
VIGÉSIMA : LIQUIDACIÓN. El
presente contrato se liquidará de común acuerdo entre las partes,
representadas por EL
CONTRATISTA y
el supervisor del contrato al cumplimiento de su objeto, dentro de los tres
(3) meses siguientes a la fecha de la extinción de la vigencia
del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene su terminación.
Igualmente en esta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y
reconocimientos a que haya lugar. En
el acto de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones
a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder
declararse a paz y salvo. Así
mismo para la liquidación EL
CONTRATISTA expandirá
o ampliará las Garantías para avalar las obligaciones que deba cumplir con
posterioridad a la extinción del mismo si es del caso. PARAGRAFO:
Si
EL
CONTRATISTA no
se presenta a la liquidación o las partes no llegan al acuerdo sobre el
contenido de la misma, ésta será practicada directa y unilateralmente por LA
EMPRESA y
se adoptará por acto administrativo motivado, susceptible del recurso de
reposición. CLAÚSULA
VIGESIMA PRIMERA : SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES.
Los conflictos que se sucedan durante la ejecución del contrato
se solucionaran preferiblemente mediante los mecanismos de arreglo directo,
tales como la negociación directa, la amigable composición, la Conciliación y
Transacción. En tal caso las
partes dispondrán de un término de treinta
(30) días hábiles contados a partir de la fecha en que cualquiera de
ellas haga una solicitud en tal sentido. Dicho
término podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo.
CLAÚSULA
VIGESIMA SEGUNDA: CLAUSULA COMPROMISORIA. Las
divergencias que surjan con ocasión del desarrollo contractual y de las
obligaciones derivadas del mismo, se solucionarán, si llegare a fracasar los
mecanismos de conciliación y/o transacción, a través de un tribunal de
arbitramiento constituido para el efecto por la Cámara de Comercio de la ciudad
de Neiva, cuyos costos serán asumidos por igual tanto por LA
EMPRESA como
por EL
CONTRATISTA. El
Tribunal estará integrado por un (1)
arbitro el cual proferirá laudo
en derecho. La organización del
tribunal se sujetará a las reglas internas del citado centro de arbitraje y
conciliación. CLAÚSULA
VIGÉSIMA TERCERA: CAMBIO DE NORMATIVIDAD JUEGO DEL CHANCE. Si
durante la ejecución del Contrato, el gobierno expidiere la reglamentación de
Ley de Régimen Propio o se modifique la reglamentación sobre el juego de
apuestas permanentes “Chance” y dichos cambios inciden sobre el diseño de
los formularios las partes de común acuerdo procederán a la respectiva
modificación de las condiciones del contrato.
CLAUSULA
VIGÉSIMA CUARTA: DOMICILIO. Para
todos los efectos del presente contrato se fija como domicilio la ciudad de
Neiva, Huila. CLÚSULA
VIGÉSIMA QUINTA: PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCION.
El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes; para su
ejecución se requiere la presentación y aprobación de la Garantía Única y su publicación en la Gaceta
Departamental, requisito que se entiende cumplido con el pago de los derechos
correspondientes por parte del CONTRATISTA.
CLAÚSULA
VIGÉSIMA SEXTA: DOCUMENTOS. Hacen
parte esencial del contrato los siguientes documentos:
la Garantía Única constituidas por EL
CONTRATISTA
y el recibo original de pago de la prima y el acto que aprueba las mismas; El
Recibo Oficial de Pago de los Derechos de Publicación y pago de timbre
departamental del presente Contrato, si hubiere lugar; El certificado de
existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio y el
Certificado del BDME, en cumplimiento al parágrafo 66 de la Ley 863 de 2003,
Circular Externa 57 de 2004 y a la Carta Circular 51 de 2004. Estos documentos
hacen parte integral del presente Contrato.
En
constancia se firma a los _________ días del mes de ___________ de 2007.
LA
EMPRESA
Gerente
LOTERIA
DEL HUILA
EL
CONTRATISTA
xxxxxx
XXXXXXXXXXXXXXXXXXX
ESTA
INFORMACION VA IMPRESA EN EL REVERSO DEL FORMULARIO
LEY
599 DE 2000
“
Por el cual se expide el Código Penal”
EL
CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA
Artículo
312º.
Ejercicio ilícito de la actividad monopolística de arbitrio rentístico. El que de cualquier manera o valiéndose de cualquier medio
ejerza una actividad establecida como monopolio de arbitrio rentístico, sin la
respectiva autorización, permiso o contrato, o utilice elementos o modalidades
de juegos no oficiales, incurrirá en prisión de tres (3) a cinco (5) años y
multa de cien (100) a cuatrocientos (400) salarios mínimos legales mensuales
vigentes.
La
pena se aumentará en una tercera parte cuando la conducta fuere cometida por el
particular que sea concesionario, representante legal o empresario legalmente
autorizado para la explotación de un monopolio rentístico, y hasta la mitad,
cuando lo fuere por un servidor público de cualquier entidad titular de un
monopolio de arbitrio rentístico o cuyo objeto sea la explotación o
administración de este.
DECRETO
NÚMERO 1350 DE 2003
27
DE MAYO DE 2003
Artículo
3º. – ESTRUCTURA DEL PLAN DE PREMIOS.
Los planes de premios para el juego de apuestas permanentes o chance
tendrán como mínimo la siguiente estructura:
§
Para el acierto de las
cuatro (4) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden, se pagarán cuatro
mil quinientos pesos ( $4.500) por cada peso ($1) apostado.
§
Para el acierto de las
cuatro (4) cifras seleccionadas por el jugador, en cualquier orden, se pagarán
doscientos ocho pesos ($208) por cada peso ($1) apostado.
§
Para el acierto de las
tres (3) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden se pagarán
cuatrocientos pesos ($400) por cada peso ($1) apostado.
§
Para el acierto de las
tres (3) cifras seleccionadas por el jugador, en cualquier orden, se pagarán
ochenta y tres pesos ($83) por cada peso ($1) apostado.
§
Para el acierto de las
dos (2) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden, se pagarán cincuenta
pesos ($50) por cada peso ($1) apostado.
§
Para el acierto de la última
y única (1) cifra seleccionada por el jugador, se pagarán cinco pesos ($5) por
cada peso ($1) apostado.
PARAGRAFO.-
De acuerdo con el número de cifras seleccionadas por el jugador, cuatro (4),
tres (3), dos (2) o una (1), se entenderá que corresponden a las cuatro, tres
últimas, dos últimas o última, del resultado del premio mayor de la lotería
o del juego autorizado.
ARTÍCULO
4º.- PAGO DE PREMIOS.- Los
premios deberán ser pagados por el concesionario a la presentación del
documento de juego para su cobro, previas las retenciones de impuestos a que
haya lugar.
En
ningún caso el premio podrá ser pagado en especie, ni en cuotas partes.
PARA
CUALQUIER INFORMACION ADICIONAL FAVOR COMUNIQUESE CON LA LOTERIA DEL HUILA.
8713209- 8711290
NOMBRE
DEL
APOSTADOR................................................................................
CEDULA
DE
CIUDADANIA...................................................................................
DIRECCION
Y
TELEFONO...................................................................................
TERMINO
DE PRESENTACION PARA SU PAGO DOS (2) MESES
Los
incentivos son autorizados por la concedente previo acto administrativo y de
conformidad con el Decreto No. 3535 de 2005.
ESTE
FORMULARIO SOLO PUEDE SER COMERCIALIZADO EN EL DPTO DEL HUILA