Adendos

LOTERIA DEL HUILA

NIT 800.244.699.7

PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVOS

 

LICITACIÓN PUBLICA Nº 001 DE 2007.

IMPRESIÓN, MEZCLA Y DISTRIBUCION DE 165.000 BILLETES DE LA LOTERIA DEL HUILA PARA CADA UNO DE LOS SORTEOS A UTILIZAR A PARTIR DEL 3769 AL 3803 A JUGAR DEL 2 DE MAYO AL 26 DE DICIEMBRE DE 2007.

 

NEIVA, FEBRERO DE 2007.

 

EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGOS DE APUESTASPERMANENTES DE DEPARTAMENTO DEL HUILA

PLIEGOS DE LA LICITACIÓN PUBLICA 001 DE 2007, CUYO OBJETO ES LA IMPRESIÓN MEZCLA Y DISTRIBUCIÓN DE 165.000 BILLETES DE LOTERIA DEL HUILA PARA CADA UNO DE LOS SORTEOS A JUGAR DEL 3769 DEL 2 DE MAYO DE 2007 AL 3803 DEL 26 DE DICIEMBRE DE 2007.

 

INDICE

CAPITULO I

1.1 INFORMACION GENERAL

1.2 APERTURA DE LA LICITACION Y CONSULTA DEL PLIEGO

1.3 CIERRE DE LA LICITACIÓN

1.4 VENTA Y VALOR DE LOS PLIEGOS

1.5 REGISTRO DE RETIRO DE PLIEGO DE CONDICIONES Y DE RECEPCIÓN DE

                RESPUESTAS

1.6 TERMINO PARA OBSERVACIONES PREPLIEGO DE CONDICIONES DE LA

                LICITACION

1.7 AUDIENCIA PARA OBSERVACIONES PREPLIEGO DE CONDICIONES DE LA

                LICITACION

1.8 PRORROGA

1.9 APERTURA DE LAS PROPUESTAS

1.10 PRESENTACION DE LA PROPUESTA

1.11 PRESUPUESTO OFICIAL

1.12 GARANTIA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA

1.13 SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LA PROPUESTA

1.14 DEVOLUCION DE GARANTIA

1.15 ELEMENTOS Y/O CANTIDADES DE IMPRESIÓN, MEZCLA Y DISTRIBUCION DE BILLETERIA A ADQUIRIR

 

CAPITULO II

2. CONDICIONES GENERALES

2.1 PARTICIPANTES

2.2 EXISTENCIAS Y REPRESENTACIÓN LEGAL

2.3 DOCUMENTOS DE LA LICITACION

2.4 DOCUMENTOS ESENCIALES DE LA PROPUESTA.

2.5 ALTERNATIVAS Y PROPUESTAS PARCIALES

2.6 ACLARACIONES DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES

2.7 EVALUACION DE LAS PROPUESTAS

2.8 PONDERACION DE LAS PROPUESTAS ADMISIBLES

2.9 PROPUESTA TECNICA, INFRESTRUCTURA Y EXPERIENCIA

2.10 PROPUESTA ECONOMICA.

2.11 DESCARTE DE PROPUESTAS

2.12 CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTA LA LICITACION

2.13 INFORMES DE EVALUACION Y OBSERVACIONES DE LOS OFERENTES 2.14 TERMINOS DENTRO DE LA CUAL SE HACE LA ADJUDICACION

2.15 GARANTIA DEL CONTRATO

2.16 VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCION

2.17 PERFECIONAMINETO DEL CONTRATO

2.18 REQUISITOS PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO

2.19 DOCUMENTOS PARA LA FIRMA DEL CONTATO

2.20 DISPOSICIONES LEGALES

2.21 DEDUCCIONES

2.22 NUEVO PLAN DE PREMIOS

2.23 OTROS.

 

 

 

EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGOS DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA

CARTA DE INVITACION PARA PROPONER

 

EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA

GERENCIA

NEIVA – HUILA

CARRERA 4 No. 9-25 Nivel 2.

La Gerencia de la Empresa de Lotería y Juego de Apuestas Permanentes del Departamento del Huila, se propone adjudicar la contratación para el suministro de la impresión, mezcla y distribución de billetería para la LOTERIA DEL HUILA, correspondiente a los sorteos del 3769 al 3803, a jugarse partir del 02 de mayo al 26 de diciembre de 2007 respectivamente.

Con base en el pliego de condiciones, la Empresa de Lotería y Juego de Apuestas Permanentes del Departamento del Huila y en las especificaciones técnicas correspondientes, se permite invitar a participar en este proceso, a las personas naturales o jurídicas, Consorcios o Uniones Temporales, que a nombre propio deseen participar.

Todas las propuestas deben ir ajustadas a las exigencias del pliego de condiciones del cual hace parte este documento.

No se aceptarán las propuestas enviadas por correo. Las que se presenten extemporáneamente no serán consideradas y se devolverán sin abrir.

La Empresa de Lotería y Juego de Apuestas Permanentes del Departamento del Huila, no aceptará intermediarios en el proceso licitatorio y las propuestas deben ser entregadas por el proponente o su apoderado.

Los pliegos de condiciones se pueden adquirir desde el día 12 de marzo de 2007, a partir de las 8:00 A.M, fecha de apertura de la licitación, hasta el día 21 de marzo de 2007, a las 4:00 P.M., fecha del cierre para la venta de pliegos, en las instalaciones de la Empresa de Lotería y Juego de Apuestas Permanentes del Departamento del Huila, ubicada en la carrera 4 No. 9-25 edificio Diego de Ospina de la ciudad de Neiva – Huila – Colombia, teléfonos No. 8 712066 – 8713434 Fax 8713410.

El valor de cada pliego original es la suma de CUATRO MILLONES DE PESOS ($4.000.000,oo) Mcte. valor no reembolsable que debe ser cancelado en efectivo o con cheque de Gerencia a favor de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, en la Cuenta Corriente No. 4558112766-5 del Banco de Colombia.

Para mayor información se establece el siguiente:

CRONOGRAMA DE LA LICITACION No. 001 de 2007.

Publicación de página web www.loteriadelhuila.com o en www.contratos.gov.co 01 de marzo de 2007 Pre-pliegos de la licitación hora 8:00 A:M :

Termino para observaciones pre-pliegos Licitación 07 de Marzo de 2007 hora 4:00 P.M

Resolución de apertura de la licitación: 09 de Marzo de 2007

Publicación de pagina web Pliegos definitivos 12 de Marzo de 2007 hora 8:00 A.M

Venta de pliegos 12 al 21 de Marzo 2007

Audiencia de aclaración términos 16 de Marzo hora 10:00 A.M

Presentación de ofertas 12 al 21 de Marzo de 2007 a las 4:00 P.M.

Cierra de la licitación y apertura de la urna 21 de Marzo de 2007 4:00 P.M

Evaluación Propuestas 22 de marzo al 28 de Marzo 2007.

Traslado y publicación de la evaluación 29 de marzo al 4 de abril de 2007.

Aclaración y observaciones 2 de abril de 2007 8:00 A.M

Adjudicación 09 de abril de 2007

Firma y legalización del contrato 16 de abril de 2007.

Atentamente,

 

FABIO RAMIREZ

Gerente.

 

 

EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA

"LOTERIA DEL HUILA"

LICITACIÓN PÚBLICA NÚMERO 001 DE 2007

OBJETO

 

IMPRESIÓN, MEZCLA Y DISTRIBUCIÓN DE 165.000 BILLETES DE LA LOTERIA DEL HUILA PARA CADA UNO DE LOS SORTEOS A UTILIZARSE A PARTIR DEL 3769 A JUGAR 02 DE MAYO AL 3803 A JUGAR 26 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007

 

LICITACIÓN PUBLICA No. 001 DE 2007

CAPITULO I

1.1 INFORMACION GENERAL

LA EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTODEL HUILA, se encuentra interesada en obtener propuestas para la impresión y suministro de treinta y cinco (35) emisiones de billetes utilizables en los sorteos ordinarios de la LOTERIA DEL HUILA, como también la mezcla y distribución de un millón (1.000.000) de billetes a las diferentes agencias del país, la impresión se discriminará en billetería para la venta individualizada, para la venta virtual y para venta general, a partir del sorteo 3769 a jugar el dos (02) de mayo hasta el sorteo 3803 a jugar el veintiseis (26) de diciembre del año dos mil siete (2007), de la siguiente forma: la cantidad de ochocientos treinta y cinco mil (835.000) billetes para los sorteos referidos los cuales serán validos para la demanda individualizada y venta virtual, donde el contratista se compromete a entregar un disquete o CD que contenga un archivo plano de los billetes sin necesidad de impresión para los sorteos referidos; se imprimirán las cantidades de ciento sesenta y cinco mil (165.000) billetes restantes con destino a venta general y válida disponible hasta completar el millón (1.000.000) de billetes de la emisión total para cada sorteo, en los términos y condiciones que se detallan en esta licitación y los cambios que en cantidad y diseño se presenten, según la necesidad del contratante.

1.2. APERTURA DE LA LICITACIÓN Y CONSULTA DE PLIEGO

La licitación se abrirá el día doce (12) del mes de Marzo del año dos mil siete (2007), a las ocho de la mañana (8:00 A.M.), en el despacho de la Gerencia, ubicada en la carrera cuarta (4) numero nueve guión veinticinco (9-25) del

Edificio Diego de Ospina, de la ciudad de Neiva-Huila. En el día y hora señalados para la apertura de la licitación, se levantará un acta donde conste el cierre de la urna triclave por:

Llave 1.- El Doctor JOSE VICENTE CHACON GARCIA

Llave 2.- El Doctor CARLOS ENRIQUE HERNANDEZ SERRATO

Llave 3.- El Doctor JAIR BALAGUERA VARGAS

El acta será firmada por todos los participantes en la diligencia.

1.3. CIERRE DE LA LICITACIÓN

La licitación se cerrará el día veintiuno (21) del mes de Marzo del año dos mil siete (2007), a las cuatro de la tarde (4:00 P.M.), en el despacho de la Gerencia de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, ubicada en la carrera cuarta (4ª) número nueve guión veinticinco (9-25), Edificio Diego de Ospina de la ciudad de Neiva, la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, dejará constancia escrita de la fecha y hora exacta de la llegada de cada uno de las propuestas para la licitación No. 001 de 2007.

1.4. VENTA Y VALOR DE LOS PLIEGOS

Los pliegos de condiciones estarán disponibles para la venta en la carrera cuarta (4ª) numero (9-25), Edificio Diego de Ospina, de la ciudad de Neiva-Huila a partir del 12 de Marzo a las 8:00 A.M hasta el día 21 de Marzo de 2007 a las 4:00 P.M.. El valor del pliego original es de CUATRO MILLONES DE PESOS ($4.000.000,oo) Mcte, dicho valor no es reembolsable y serán consignados a nombre de la Empresa de Lotería y Juego de Apuestas Permanentes del Departamento del Huila en la cuenta corriente No. 45581127665 del Banco Colombia. Con el original de la copia de la consignación del valor del pliego se hará entrega del recibo oficial de caja en la tesorería de la empresa de Lotería y Juego de Apuestas Permanentes del Departamento del Huila, documento con el cual se podrá reclamar el pliego de condiciones en la Secretaria de la Empresa.

La EMPRESA DE LOTERÍA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, dejará constancia escrita de la fecha y hora exacta del retiro de los pliegos de condiciones. Las persones naturales que hagan el retiro a nombre de otro deberán adjuntar, por escrito, la autorización de quien representan.

El hecho de adquirir un original del pliego de condiciones, autoriza al oferente a presentar únicamente una propuesta.

1.5. REGISTRO DE RETIRO DE PLIEGO DE CONDICIONES Y DE RECEPCIÓN DE PROPUESTAS

Para el retiro de pliegos de condiciones y la recepción de las propuestas, la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, dejará constancia escrita de la fecha y hora exacta de tales eventos, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de las personas que, en alguna representación, haya efectuado materialmente el acto de retiro y de presentación.

En caso de recepción simultánea, se entenderá como recibida en primer lugar la del proponente que primero haya retirado los pliegos de condiciones.

1.6. TERMINO PARA OBSERVACIONES DE LOS PREPLIEGOS DE CONDICIONES DE LA LICITACION

Los interesados en la presente licitación podrán realizar observaciones por intermedio de la pagina web de esta empresa o en la página Web www.contratos.gov.co, o por escrito ante la Gerencia de la entidad, hasta el día 07 de Marzo de 2007 hora 4:00 P.M..

1.7. AUDIENCIA PARA PRECISAR EL CONTENIDO Y ALCANCE DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES

Se celebrará una audiencia a las diez de la mañana (10:00A.M), del día diez y seis (16) de Marzo de 2007, a solicitud escrita de cualquiera de las personas que retiraron pliegos de condiciones, con el objeto de precisar el contenido y alcance de los mencionados documentos y de oír a los interesados, de lo cual se levantará un acta suscrita por los intervinientes. La audiencia mencionada, será presidida por el Doctor FABIO RAMIREZ, Gerente de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA o su delegado.

Como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando resulte conveniente, la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, expedirá las modificaciones pertinentes a dichos documentos y prorrogará, mediante resolución si fuere necesario, el plazo de la licitación hasta por seis (6) días hábiles.

Lo anterior no impide que dentro del plazo de la licitación, cualquier interesado pueda solicitar aclaraciones adicionales que la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, responderá mediante comunicación escrita, copia de la cual enviará a todas y cada una de las personas que retiraron pliegos de condiciones.

1.8. PRORROGA

El plazo de la licitación, entendido como el término que debe transcurrir entre su apertura y su cierre, podrá ser prorrogado antes de su vencimiento, por un término no superior a la mitad del inicial, cuando lo estime conveniente la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, o cuando lo soliciten por escrito las dos terceras (2/3) partes de las personas que hayan retirado los pliegos de condiciones.

1.9. APERTURA DE LAS PROPUESTAS

En el día y hora señalados para el cierre de la licitación, en acto público, se abrirá la urna y los sobres que contienen el original y dos copias de la propuesta. A continuación se numerarán las propuestas y cada una de las hojas de las mismas, se verificará la existencia de los documentos esenciales de la propuesta y se levantará un acta que contenga:

1.9.1. Nombre del Proponente

1.9.2. Valor de las Propuestas

1.9.3. Resultado de la verificación de los documentos esenciales de la propuesta.

1.9.4. Valor básico de las propuestas

1.9.5. Número de folios del original y de las copias

1.9.6. Las observaciones de los asistentes a la diligencia.

1.9.7. Compromiso de entrega de la primera emisión de la billetería en el plazo previsto en los pliegos de condiciones.

1.9.8. Calidad del producto objeto de esta licitación.

El acta será suscrita por los funcionarios intervinientes, los proponentes y quienes asistan en representación de la comunidad en calidad de veedores debidamente acreditados.

1.10 PRESENTACION DE LA PROPUESTA

La propuesta deberá estar escrita en computador, de acuerdo con el orden y requisitos establecidos en el presente pliegos de condiciones, y presentarse en original y dos (2) copias, en sobres separados y cerrados, en los que debe aparecer el nombre y la dirección del proponente, el número y objeto de la licitación y la indicación de cuál contiene el original y cuál las copias.

La(s) copia(s) de la(s) propuesta(s) deberá(n) contener los mismos documentos del original y en el mismo orden y serán ejemplares que deberán coincidir entre si. Si se presentare alguna diferencia entre el original de la propuesta y la(s) copia(s), prevalecerá el original.

Las propuestas serán registradas y depositadas en la urna triclave localizada en la Secretaría del despacho de el Doctor FABIO RAMIREZ, Gerente de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, ubicada en la carrera cuarta (4ª) numero nueve guión veinticinco (9-25), Edificio Diego de Ospina, de la ciudad de Neiva-Huila. Los documentos relativos al proceso de la licitación deberán utilizar el idioma castellano.

La EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DE DEPARTAMENTO DEL HUILA, no exigirá sellos, autenticaciones, documentos originales o autenticados, reconocimientos de firmas, traducciones oficiales, ni cualquier otra clase de formalidades o exigencias rituales, salvo cuando en forma perentoria y expresa lo exijan leyes especiales.

La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de propuestas, no servirá de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos.

Las propuestas deberán ajustarse en todas sus partes a los formularios y a las condiciones estipuladas para cada documento en el presente pliego. Cualquier explicación o información adicional deberá hacerse en nota separada, debidamente firmada por la persona autorizada para presentar la propuesta.

El proponente no podrá acompañar proyecto o minuta de contrato diferente al que forma parte integral de este pliego de condiciones.

No se aceptarán propuestas enviadas por correo, fax o cualquier otro medio telemático, ni las que sean presentadas con posterioridad a la hora exacta de la fecha de cierre. Cerrada la licitación no se admitirá modificación de la propuesta.

1.11 PRESUPUESTO OFICIAL

Según lo dispuesto en el Artículo 1º del Decreto 287 de 1996, el presupuesto oficial previsto para el objeto de ésta licitación es de CUATROCIENTOS CATORCE MILLONES DE PESOS. ($414.000.000.oo) M/CTE IVA INCLUIDO.

1.12 GARANTIA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA

El proponente presentará con la propuesta una garantía de seriedad por el 10% del valor de la misma, expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros legalmente establecida en el país. No se admiten pólizas de aseguradoras que tengan deudas pendientes con entidades del estado o que se encuentren intervenidas por la Superintendencia Bancaria.

La garantía estará constituida a favor de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, si se llegare a prorrogar los términos de cierre y adjudicación de la licitación o del perfeccionamiento del contrato, se exigirá la ampliación del término de la garantía de seriedad de la propuesta.

La vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta será de dos (2) meses contados desde la hora y fecha de cierre de la licitación. La garantía de seriedad asegura el sostenimiento de la misma y la posterior firma del contrato con el proponente favorecido.

1.13. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LA PROPUESTA

Salvo fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados, si el adjudicatario no suscribe el contrato correspondiente, ni efectúa los trámites tendientes a su perfeccionamiento, dentro del término señalado, quedará a favor de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, en calidad de sanción, el valor del depósito o garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de los depósitos o garantías.

Si el proponente favorecido no firmare el contrato dentro del plazo que con tal fin se señale, la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días calendario siguiente, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorecida para la entidad.

La garantía de seriedad se hará efectiva mediante resolución motivada proferida por el Gerente de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA.

1.14. DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS

Al adjudicatario se le devolverá la póliza de seriedad de la propuesta, cuando se apruebe la garantía única que ampare la ejecución del contrato. A quien quede en segundo lugar, se le devolverá la póliza de seriedad de la propuesta a los treinta (30) días calendario después de la firma del contrato con el proponente favorecido; excepcionalmente se hará devolución de ésta con haberse cumplido el término aquí establecido, cuando el proponente que ocupó el segundo lugar, manifieste a la Administración que no le asiste ningún interés en contratar con la Entidad o que la propuesta no sea igualmente favorable para la entidad.

A los demás proponentes se les devolverá dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la adjudicación.

La garantía de seriedad se hará efectiva mediante resolución motivada proferida por la gerente de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días calendario siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad.

1.15. ELEMENTOS Y/O CANTIDADES DE IMPRESIÓN, MEZCLA Y DISTRIBUCIÓN DE BILLETERÍA DE LA LOTERIA DEL HUILA A ADQUIRIR.

1.15.1. Especificaciones Técnicas.

Cada billete de Lotería de cuatro (4) fracciones tendrá un tamaño de 29.6 centímetros de largo por 10.8 centímetros de ancho, incluido fracciones, y el cabezote; el tamaño de cada una de las cuatro (4) fracciones, será de 6.6 centímetros de largo por 10.8 centímetros de ancho, el tamaño del cabezote será de 3.2 centímetros de alto por 10.8 centímetros de ancho; el cabezote contará con el logotipo y la leyenda LOTERIA DEL HUILA " MILLONES A SU SALUD" con letras mayúsculas, llevará impreso el número del billete, serie, número de sorteo, ciudad, fecha y hora de realización, el pie llevará el logotipo de la Lotería del Huila y la leyenda LOTERIA DEL HUILA- 84 AÑOS, en letras mayúsculas, cada billete contará con cuatro (4) fracciones enumeradas de uno (1) a cuatro (4), en una sola tira de cuatro (4) fracciones.

Estas especificaciones cambiarán de acuerdo al diseño para un nuevo billete, según necesidades del contratante.

1.15.2 Papel.

Los billetes se imprimirán en papel Bond Register Sensibilizado, blanco de 75 gramos, sin blanqueador óptico de primera calidad. Estas especificaciones cambiarán de acuerdo al diseño para un nuevo billete y/o a partir de un nuevo plan de premios.

1.15.3 Impresión.

Los billetes estarán impresos por el frente o anversos a cinco (5) colores de tinta visible y una tinta invisible, así:

1.15.3.1 La impresión será de cuatro (4) tintas litográficas o grasas de motivos, fondo y textos en general y una tinta para impresión de la numeración. El fondo será bicolor.

1.15.3.2 Una tinta de leyenda fluorescente invisible que se hace visible al ser expuesta a los rayos ultravioletas, (luz negra), para el logotipo de la Lotería y el Texto LOTERIA DEL HUILA.

1.15.3.3 EL número de billete, y de la serie, debe ir en tintas penetrantes e imborrables (con el objeto de evitar fraude con los billetes de la

lotería). La impresión debe asegurar la permanencia de la misma y que no genere desprendimiento de la tinta. La impresión por el siste

ma INK JET.

1.15.3.4 Para ofrecer mayor seguridad y evitar falsificaciones a cada fracción se le debe imprimir una moneda reactiva.

1.15.3.5 Por el reverso todas las fracciones llevarán una tinta litográfica o grasa para el texto y plan de premios.

Estas especificaciones cambiarán de acuerdo a las necesidades de la Empresa.

1.15.4 Código de Barras.

Se imprimirá el Código de Barras EAN/UCC-128 en optima calidad, de acuerdo a la circular 045 de Noviembre 14 de 1997 expedido por la Supersalud, por el sistema INK JET que permita identificar las siguientes variables:

 

1.15.4.1 Número del Sorteo.

1.15.4.2 Número de la fracción.

1.15.4.3 Número de la Serie.

1.15.4.4 Número del Billete.

1.15.4.5 Y demás especificaciones requeridas por la Superintendencia Nacional de Salud y las que llegaren a surgir con la reglamentación de la ley 643 de 2001, o de acuerdo al diseño para un nuevo billete y/o a partir de un nuevo plan de premios.

 

1.15.5 Color de los Billetes.

Los billetes de la Lotería se imprimirán en combinaciones de colores diferentes a los impresos en los textos y al fondo de seguridad. Dichas combinaciones no podrán repetirse entre un sorteo y el siguiente.

Igualmente las fracciones llevarán un motivo que será suministrado cada vez que así lo estime conveniente la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA.

Estas especificaciones cambiarán de acuerdo a los requerimientos y necesidades de la empresa.

1.15.6 Empaque.

La billetería de la LOTERIA DEL HUILA, será empacada de conformidad al cupo asignado por la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, a cada una de los agentes distribuidores, con diferentes numeración y seria, en orden estrictamente numérica, envuelto en papel Kraft, protegido con cartones y plástico.

La billetería sobrante (válida disponible) se empacará en fajos de quinientos (500) billetes, mezclada en numeración y series, envueltos en papel kraft, protegidos en plástico, utilizando separadores de cartón y colocando luego en cajas de cartón de doble pared, debidamente zunchadas y del tamaño que ajuste a la billetería.

1.15.7 Tira de Control Virtual.

Como seguridad y control de los billetes, se debe realizar la constitución de un algoritmo de diversos caracteres, los cuales serán diferentes para cada uno de los billetes y sus respectivas fracciones garantizando que no haya duplicidad en la asignación del mismo. La tira de control de los billetes será virtual en lugar de la tradicional tira física de papel y debe ser generada mediante un software la serie de códigos de control únicos para cada fracción.

Para que sea posible la lectura de las tiras de control virtual, el contratista deberá entregar a la Empresa de Lotería y Juego de Apuestas Permanentes del Departamento del Huila, por una parte el archivo con los códigos de control, el cual entregará con cada sorteo y por otra, el software para ser instalado en la Lotería del Huila, que permita leer, identificar el billete y cotejar los códigos de control del mismo mediante comparación directa del billete y de la pantalla. De esta manera, se debe leer el código de barras del billete, el software debe identificar el número y serie del mismo, buscando este numero en el archivo de control del sorteo respectivo y que visualice en la pantalla los códigos de control que debe contener el billete.

1.15.8 Numeración.

Cada emisión de un millón (1.000.000) billetes, irá en cuatro (4) fracciones, series cero (0) a la noventa y nueve setenta (99), en cantidad de diez mil (10.000) billetes cada uno, los cuales tendrá numeración en números y letras, del 0000 al 9999 una vez en cada una de las fracciones y una vez en cada una de las tiras de control virtual según el programa de verificación para uso de la Lotería del Huila (software), divididos en billetes para la demanda individualizada, en billeteria para venta general y en billeteria para la venta virtual. La primera tiene relación con la billetería destinada a la venta por suscripción, la segunda a la billeteria despachada a las diferentes agencias del país y billeteria válida disponible, y la tercera para agencias y/o concesionarios que distribuyan y vendan este producto con esa modalidad previo los requisitos legales para tal fin.

1.15.9 Texto.

En cada fracción se imprimirá:

1.15.9.1 Por el Anverso:

1.15.9.1.1 Nombre de la Agencia, dirección, teléfono, y ciudad a donde se despacha el billete.

1.15.9.1.2 Nombre de la Lotería.

1.15.9.1.3 Logotipo, eslogan y motivo de la lotería, según indicaciones.

1.15.9.1.4 Numeración del sorteo y fecha.

1.15.9.1.5 Premio al mayor y fracción en valor.

1.15.9.1.6 Cifra del billete y fracción en numero y letras

1.15.9.1.7 Día, hora, dirección y ciudad del sorteo.

1.15.9.1.8 Vigilado por la Superintendencia Nacional de Salud.

1.15.9.1.9 Número de la Fracción del 1 al 4.

1.15.9.1.10. Numeración de la serie de cada billete del cero (0) a la noventa y nueve (99)

1.15.9.1.11 Lectura del Código de Barras, de veinte (20) dígitos, o sea el usual

para loterías.

1.15.9.1.12 Valor del billete y la fracción.

1.15.9.2 Por el Reverso:

1.15.9.2.1 Plan de premios de la Lotería.

1.15.9.2.2. Valor del billete de cuatro (4) fracciones a cuatro mil pesos ($4.000,oo) y mil pesos ($1.000,oo) fracción.

1.15.9.2.3. Cantidad de Fracciones.

1.15.9.2.4. Caducidad de premios.

1.15.9.2.5. Valor nominal del billete.

1.15.9.2.6. Descuento de ley.

1.15.9.2.7. Disminución de premios sujetos a retención.

1.15.9.2.8. Eventos en que no se verifica el pago.

1.15.9.2.9. Información sobre el caso de presentarse dos (2) o más aproximaciones en el mismo billete se pagará el premio de mayor valor.

1.15.9.2.10. Información sobre el caso de obtener la última cifra y serie en el mismo billete se pagará únicamente la ultima cifra del mayor ( según el actual plan de premios).

1.15.9.2.11. Resultados al Tel. 8712066 Ext. 123 www.loteriadelhuila.com

1.15.9.2.12 e -mail: Servicios@loteriadelhuila.com

 

Estas especificaciones cambiarán de acuerdo al diseño para un nuevo billete y/o a partir de un nuevo plan de premios.

 

 

1.15.10 Emisión Semanal.

La emisión será de un millón (1.000.000) de billetes de cuatro (4) fracciones cada uno, divididos en billetes para demanda individualizada , en billeteria para venta general y en billeteria para la venta virtual. La primera tiene relación con la billetería despachada a las diferentes agencias del país de conformidad a la relación suministrada y los sobrantes se enviarán a la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, con una anticipación no menor a diez (10) días en relación con la fecha de realización del sorteo correspondiente adjuntando en ello el disquete de la distribución de la billetería y patrón del mismo; para ello se debe tener en cuenta el calendario de sorteos establecido para el año 2007 y la forma de impresión de billeteria de conformidad al capitulo I, 1. información general del presente pliego de condiciones.

Estas especificaciones cambiarán de acuerdo a las necesidades de la Empresa.

1.15.11 Entrega.

La firma se comprometerá a mezclar y distribuir la billetería en un mínimo de diez (10) días de antelación a la realización del Sorteo para que las Agencias Distribuidoras posean esa billetería ocho (8) días antes de la ejecución del Sorteo.

La billetería sobrante deberá ser remitida a la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGOS DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, con diez (10 ) días de antelación a cada sorteo.

Para la primera emisión de la Billetería, la firma se compromete a mezclar de acuerdo a lo suministrado por la Empresa de Lotería del Huila y a distribuir la billeteria a las diferentes Agencias en todo el país a más tardar el día veintiuno (21) de abril del año dos mil siete (2007) y en la misma fecha remitir la billetería sobrante a la Empresa.

Estas especificaciones cambiarán de acuerdo a la necesidad de la Empresa.

1.15.12 Muestras.

La firma ofrecerá como mínimo tres (3 ) muestras de diferentes colores, y código de barras. (puede ser pruebas láser).

Se tendrá en cuenta las muestras alternativas que ofrezca una billetería diferente a la actual como también la seguridad de las mismas en la impresión.

Cada proponente podrá cotizar otras propuestas de billetería de diferentes colores, tamaño y código de barras, las cuales serán consideradas en el proceso de evaluación de propuestas.

1.15.13 Celebración del Contrato.

Será celebrado una vez analizadas las ofertas. Se seleccionará conforme a los principios establecidos en la ley 80 de 1993 y sus Decretos Reglamentarios. Se escogerá la que ofrezca las mejores condiciones económicas, presentación y seguridad, conforme la conveniencia objetiva de la empresa.

A las ofertas no favorecidas se les comunicará entre los cinco (5) días siguientes; al oferente favorecido se le comunicará personalmente.

El proponente acepta sin derecho a reclamación que las condiciones de la presente licitación y del correspondiente contrato, podrá ser modificada una vez se expida la reglamentación de la ley 643 de 2001. Igualmente el proponente acepta sin derecho a reclamación, que las condiciones de la presente licitación y del correspondiente contrato; podrán ser modificadas disminuyendo la cantidad de billetes de cada emisión, cuando la ley, la Superintendencia de Salud o la Autoridad Competente, autorice o disponga la impresión parcial o virtual. También acepta que en cualquier momento, la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, asuma la mezcla o disminuya la cantidad a imprimir, bajando el costo.

CAPITULO II

Condiciones Generales

2.1. PARTICIPANTES

Podrán participar en la presente licitación, las personas naturales o jurídicas nacionales y/o extranjeros, que se encuentren debidamente inscritas, clasificadas y calificadas en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, en la modalidad de proveedores, en la especialidad de proveedores de títulos valores, con una capacidad de contratación mínima de 452 Salario Mínimo legal Mensual Vigente.

En las mismas condiciones podrán hacerlo los consorcios y/o las uniones temporales, acreditando individualmente la inscripción, calificación y clasificación de sus miembros en el citado registro e proponentes, y su capacidad de contratación.

Las personas naturales extranjeras, sin domicilio en el país o las personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar su existencia y representación legal, su inscripción en el registro de proponentes y la constitución de apoderado, previo a la presentación de la propuesta.

2.1.1. Numero Mínimo de Participantes

El número mínimo de participantes hábiles para no declarar desierta la licitación es de uno (1). Se entiende por participante hábil quien no este incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad y demás prohibiciones previstas en la ley 80 de 1993 y demás disposiciones legales vigentes.

2.2. EXISTENCIAS Y REPRESENTACIÓN LEGAL

Si los proponentes fueren personas jurídicas, deberán acreditar su existencia y representación mediante certificado expedido por la entidad correspondiente.

Las personas jurídicas nacionales y extranjeras, deberán acreditar que su duración no sea inferior al plazo del contrato y un año más.

Los consorcios y uniones temporales deberán probar su existencia mediante documento que acredite su conformación y representación.

2.2.1. Actividad Comercial.

Los proponentes deberán acreditar su actividad en actos de comercio relacionados con el objeto de la presente licitación.

2.3. DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN.

2.3.1. Registro de entrega de los pliegos de condiciones.

2.3.2. Registro de recibo de propuestas.

2.3.3. Certificado de Disponibilidad presupuestal.

2.3.4. Resolución de apertura de la licitación.

2.3.5. Pliego de condiciones.

2.3.6. Avisos de prensa.

2.3.7. Acta de apertura de la licitación.

2.3.8. Acta de la audiencia de aclaración de pliegos de condiciones.

2.3.9. Acta de cierre de la licitación.

2.3.10. Estudio jurídico, económico y técnico.

2.3.11. Constancia de permanencia en secretaría de la evaluación de las propuestas presentadas por los oferentes.

2.3.12. Acta de la audiencia pública de adjudicación.

2.3.13. Resolución de adjudicación o resolución que declara desierta la licitación.

2.3.14. Propuesta del adjudicatario.

2.4. DOCUMENTOS ESENCIALES DE LA PROPUESTA

Con la propuesta deberán presentarse los documentos en original o fotocopia indicados a continuación. La omisión de cualquiera de ellos implicará que se descarte para la evaluación y posterior adjudicación:

2.4.1. Documentos.

2.4.1.1. Carta de presentación de la propuesta, de acuerdo con el modelo adjunto suministrado por la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, firmada por el proponente si éste es persona natural, por el representante legal si es persona jurídica o por el representante del consorcio o unión temporal si es del caso.

2.4.1.2. Certificación de existencia y representación legal, expedido por la entidad respectiva, con anterioridad no mayor de treinta (30) días calendario a la fecha de cierre de la licitación, cuando se trate de personas jurídicas.

2.4.1.3. Valor unitario y total de la propuesta incluido el IVA.

2.4.1.4. Mecanismos de seguridad para impresión virtual de la billetería.

2.4.1.5. Certificado de inscripción de proveedores de títulos valores.

2.4.1.6. Muestra de billetes ofrecidos.

2.4.1.7. Referencias comerciales de mínimos tres (3) empresas a las que le haya impreso títulos valores en los últimos tres (3) años.

2.4.1.8. información financiera y contable:

Ø .Balance General comparativo a 31 de diciembre de 2005 y 30 de septiembre 2006, firmado por el Representante Legal, el Contador y el Revisor Fiscal.

Ø Estado de resultados comparativo a 31 de diciembre de 2005 y 30 de septiembre 2006, firmado por el Representante Legal, el Contador y el Revisor Fiscal.

Ø Balance general a 31 de diciembre de 2005 y a 30 de septiembre de 2006, firmado por el Representante Legal, Contador y Revisor Fiscal.

Ø Estados de Resultados a 31 de diciembre de 2005 y a 30 de Septiembre 2006, firmado por el Representante Legal, Contador y Revisor Fiscal.

Ø Copia de las declaraciones de renta y sus anexos correspondiente a los años 2004 y 2005.

Ø Conciliación entre la información contable y fiscal de 2005, firmado por representante legal, contador y revisor fiscal.

Ø Notas a los estados financieros de 31 de diciembre de 2005, firmado por el representante legal, contador y revisor fiscal.

Ø Copia de la tarjeta profesional del Contador y del Revisor fiscal.

Ø Dictamen del Revisor Fiscal del año 2005.

2.4.1.9. Garantía de seriedad de la propuesta, que cubra el 10% del valor de la misma, por un término de 2 meses, contados a partir de la fecha del cierre de la licitación

Cuando la propuesta la presente un consorcio o unión temporal, la póliza o constancia de depósitos debe ser constituida o efectuada a nombre del consorcio o unión temporal, indicando sus integrantes, y no a nombre del representante del consorcio o unión temporal.

2.4.1.10. Compromiso de cambio de condiciones, de acuerdo a las necesidades de la Empresa.

2.4.1.11. Tomar en cuenta los parámetros dictados por la ley 643 de 2001 y sus decretos reglamentarios y demás normas que tengan relación con la materia.

2.4.1.12. Certificado de Inscripción vigente en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, en la modalidad proponente, especialidad proveedores de Títulos Valores, y adjunto la manifestación escrita por parte del proponente de cuantos y cuales contratos tiene en ejecución y cual es su capacidad de contratación.

2.4.1.13. Documento que acredite la conformación y representación del consorcio o unión temporal, cuando fuere del caso.

2.5. ALTERNATIVAS Y PROPUESTAS PARCIALES

Los proponentes se adaptarán a las exigencias específicas de los pliegos de condiciones, pero podrán presentar alternativas y propuestas parciales.

2.6. ACLARACIONES DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES.

Las aclaraciones de los pliegos de condiciones que profiera la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, por su propia iniciativa o conveniencia, o a solicitud expresa de un proponente, se harán por medio de adendos numerados secuencialmente, que enviarán a quienes, de acuerdo con el registro elaborado en la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, hayan comprado los pliegos de condiciones.

Los adendos proferidos por la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGOS DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, harán parte integrante de los pliegos de condiciones, sin asumir responsabilidad por informaciones suministradas en forma diferente a lo aquí expuesto.

2.7 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN.

En la selección de propuestas para la adjudicación de la presente licitación celebrada por la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGOS DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, se aplicará lo dispuesto por la ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios; realizando el estudio jurídico, económico y técnico, necesario para la evaluación de las propuestas; señalando para ello el día 22 de marzo a partir de las 8:00 AM hasta el día 28 de marzo a las 6:00 PM del año 2007.

La evaluación de la propuesta se hará en el siguiente orden:

2.7.1. Estudio Jurídico.-

Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal exigidos en los pliegos de condiciones, verificando su estricto cumplimiento. Constituyendo requisitos esenciales de la propuesta, los documentos esenciales de las mismas que se ajusten a las condiciones y especificaciones que sobre ellos se soliciten en los pliegos de condiciones. Serán descartadas y o descalificadas las propuestas que no cumplan los citados requisitos legales.

2.7.2. Estudio Económico.

A las propuestas elegibles se les hará las correcciones aritméticas en el formulario de cantidades y precios. En estas correcciones se considerará el resultado exacto de la multiplicación de las cantidades indicadas en el formulario de las propuestas, por el precio, en pesos colombianos de cada ítem especificado. Si el valor global de cada ítem no corresponde a tal multiplicación, se hará la corrección correspondiente, en cuyo caso se considerará como valor total de ésta el que resulte una vez hechas las correcciones. También se verificará la capacidad de contratación manifestada por los proponentes.

Cuando existan discrepancias entre los precios de la propuesta y sus correspondientes análisis de precios, regirán los precios que aparecen en los análisis de precios, corregidos aritméticamente.

Verificada la exactitud de los cálculos numéricos requeridos para obtener el valor total de la propuesta, se elaborará un cuadro contentivo del resumen del análisis de las propuestas, en el que se contemplen el cumplimiento de los documentos señalados como esenciales de la propuesta, en el numeral 2.4. de este pliego.

2.7.3. Estudio Técnico.

La evaluación técnica de las propuestas se adelantará teniendo como marco lo dispuesto en la ley 80 de 1993, los pliegos de condiciones y demás normas vigentes, sobre la materia, y realizando:

2.7.3.1 Revisión matemática de los análisis de precios.

2.7.3.2 Revisión y/o corrección del valor de las propuestas, con base a las cantidades y los análisis de precios revisados.

2.7.3.3 Revisión de las cantidades y calidades requeridas para verificar que éstas cumplan con las especificaciones y cantidades exigidas en los pliegos de condiciones.

 

2.8 PONDERACION DE LAS PROPUESTAS ADMISIBLES.

La ponderación de los factores de evaluación de las propuestas se aplicará a las no descartadas, es decir a las propuestas que calificaron según el estudio jurídico, mediante la aplicación del siguiente puntaje:

SOLIDEZ FINANCIERA HABIL O NO HABIL

PROPUESTA TECNICA, SEGURIDAD Y EXPERIENCIA HABIL O NO HABIL

PROPUESTA ECONÓMICA 10 PUNTOS

TOTAL PUNTAJE 10 PUNTOS

Solamente clasificarán los proponentes que superen el 75% del puntaje general establecido. Los puntajes serán ponderados como se explica a continuación:

2.8.1 SOLIDEZ FINANCIERA.

Los índices se calcularán de acuerdo a lo establecido en el Régimen Contable Colombiano, sobre la base del Balance General y el Estado de Pérdidas y Ganancias al 30 de Septiembre de 2006

2.8.2 LIQUIDEZ HABIL

2.8.2.1. Razón corriente...............................................HABIL

Mayor de 1.5 = HABIL

2.8.2.2. Prueba ácida....................................................HABIL

Mayor de 1.5 = HABIL

2.8.3. ACTIVIDAD HABIL

2.8.3.1. Venta promedio diaria (en millones de $).... HABIL

Este índice se establece como el total de las ventas registradas durante el último año fiscal dividido entre el número de días hábiles del año.

                 Mayor de 12 = HABIL

2.8.3.2. Rotación de cartera (en días).........................HABIL

                   Mayor a 25 = HABIL

2.8.4. RENTABILIDAD HABIL

2.8.4.1. Margen neto de utilidad (%).........................HABIL

Mayor a 12 = HABIL

2.8.4.2. Rendimiento del patrimonio (%)..................HABIL

Mayor a 20 = HABIL

2.8.5 APALANCAMIENTO (%) HABIL

Endeudamiento total

Menor a 55 = HABIL

2.8.6 CAPITAL DE TRABAJO (En millones de pesos) HABIL

(Activo Corriente menos Pasivo Corriente)

Mayor a 200 = HABIL

PARA UN TOTAL DE .................................................................. HABIL

 

2.9 PROPUESTA TECNICA, INFRAESTRUCTURA Y EXPERIENCIA:

2.9.1. EXPERIENCIA ESPECIFICA (en millones de $) HABIL

Los proponentes deberán anexar copia de los contratos de impresión de billetería realizados con cada una de las empresas de Lotería del país del año de 2005 y 2006 a las cuales se les ha prestado el servicio, anexando el respectivo pago del impuesto de timbre cuando a ello hubiere lugar, detallando el número del contrato y cuantía. La sumatoria del valor de los contratos se calificará de la siguiente manera:

Mas de 500 =HABIL

2.9.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA (en años) HABIL

La experiencia específica se demuestra con las constancias expedidas por cada una de Empresas de Lotería del País a las cuales se les ha prestado el servicio, detallando número de años y relacionando Número de Contrato, Número de Billetes contratados y Cuantía.

Más de 5 = HABIL

2.9.3. INFRAESTRUCTURA TECNICA HABIL

Esta infraestructura debe estar soportada por documentos y fotografías de las instalaciones de la planta de producción, lo mismo que la certificación de las garantías que ofrecen y seguridad en la impresión, mezcla y distribución de billeteria, sin que las planchas sean utilizadas para otro fin.

En la Planta de Producción y elaboración de billetes de lotería = HABIL

Para calificar las medidas de seguridad en la elaboración de los billetes de lotería se tendrán en cuenta las medidas de seguridad solicitadas.

PARA UN TOTAL DE.................................................................HABIL

2.10 PROPUESTA ECONÓMICA…………………………………. 10 PUNTOS

Para ésta calificación se tomará como base el presupuesto oficial y a partir del mismo se calificará la propuesta económica total estableciendo diferencia en puntos por cada rango de variación porcentual de un 2%, sobre el total, así:

Menor de $389.653.399 10 Puntos

De $389.653.400 y hasta $397.605.599 08 Puntos

De $397.605.600 y hasta $405.719.999 06 Puntos

De $405.720.000 y hasta $414.000.000 04 Puntos

PARA UN TOTAL DE...............................................10 PUNTOS

 

2.11 DESCARTE DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas serán descartadas en los siguientes casos:

2.11.1. Cuando no se ajusten a los pliegos de condiciones

Una propuesta no se ajusta a los pliegos de condiciones cuando carece de alguno de los documentos esenciales, se compruebe inexactitud en su contenido, o no cumpla lo estipulado para cada uno de ellos.

2.11.2. Cuando se presenten dos o más propuestas por un mismo oferente.

2.11.3. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la ley 80 de 1993, artículo 8, así como en las demás disposiciones legales vigentes.

2.11.4. Cuando la propuesta no fuera presentada debidamente firmada por el proponente o el representante legal, si es persona jurídica.

2.11.5. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente.

2.11.6. Cuando los documentos necesarios para la comparación de las propuestas, presenten enmendaduras o correcciones que no aparezcan debidamente autorizadas o salvadas con la firma del proponente o de quien suscriba el documento.

2.11.7. Cuando se descubra falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la propuesta o se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte del proponente a la entidad o a los demás participantes.

2.11.8. Cuando el valor individual de la propuesta se encuentre por encima del presupuesto oficial o por debajo del promedio básico en un veinte por ciento (20%) respecto del mismo, por cuanto se considerarán valores artificiales.

PARAGRAGO.- La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas, no servirá de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos.

 

2.12. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN.

El Gerente de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, declarará desierta la licitación en los siguientes casos:

2.12.1. Cuando no se presente propuesta alguna.

2.12.2. Cuando ninguna de las propuestas presentadas se ajuste al presente pliego de condiciones.

2.12.3. En virtud del principio de transparencia, cuando claramente probado se constate la violación de la reserva de las mismas, de manera ostensible, antes del cierre de la licitación.

La EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, podrá declarar desierta la licitación dentro del término previsto para adjudicación del contrato, cuando existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de la propuesta más favorable para la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGOS DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, o en el caso de quedar una sola propuesta para la adjudicación y que al efectuarle la ponderación, su puntaje sea inferior a ocho (08) puntos del total a asignar, o sea, sobre diez (10) puntos.

La declaratoria de desierta de la licitación, únicamente procederá por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva y se declarará el acto administrativo, en el cual se señalarán, en forma expresa y detallada, las razones que han conducido a esa decisión.

 

2.13 INFORMES DE EVALUACIÓN PARA OBSERVACIONES DE LOS  OFERENTES

Los informes de evaluación de las propuestas permanecerán en la secretaría de la entidad por un término de cinco (5) días calendario, comprendidos del 29 de Marzo al 04 de abril de 2007, para que los oferentes presenten las observaciones que estimen pertinentes. En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar, o mejorar sus propuestas. (Art. 30 numeral 8 de la Ley 80 de 1993)

2.14. TERMINOS DENTRO DEL CUAL SE HARÁ LA ADJUDICACIÓN UNA VEZ CERRADA LA LICITACIÓN Y PLAZO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO UNA VEZ EFECTUADA AQUELLA.

La adjudicación de la presente licitación se hará el 09 de abril de 2007, mediante resolución motivada expedida por el Gerente de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA. El comité calificador evaluará las propuestas, calificará los aspectos jurídicos, económicos y técnicos, contenidos en ellas y establecerá un orden de elegibilidad.

La Resolución de adjudicación se notificará al proponente favorecido, por el procedimiento que para ello fija el Código Contencioso Administrativo y en el evento de no haberse realizado en audiencia pública, se comunicará a los no favorecidos, si a ello hubiere lugar, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la expedición de la misma. Contra la resolución de adjudicación no procede recurso alguno, por la vía gubernativa.

Siempre que las necesidades así lo exijan, la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL

HUILA, podrá prorrogar el plazo de adjudicación antes de su vencimiento y por un término total no mayor a la mitad del inicialmente fijado.

Ejecutoriada la resolución de adjudicación, esta es irrevocable y obligará a la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA y al adjudicatario.

El proponente favorecido, deberá suscribir el contrato, de conformidad con la minuta que hace parte de los pliegos de condiciones y a las normas que para su celebración establece la ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios.

Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término que se haya señalado en los pliegos de condiciones, quedará a favor de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTOD EL HUILA, en calidad de sanción, el valor del depósito o garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de los citados depósitos o garantía. En este evento la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, podrá adjudicar, mediante acto administrativo debidamente motivado, el contrato, dentro de los diez (10) días calendario, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA.

 

2.15 GARANTIA DEL CONTRATO

Una vez suscrito el contrato, EL CONTRATISTA deberá constituir la garantía única exigida y pactada en el contrato, a mas tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su perfeccionamiento.

2.16 VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual EL CONTRATISTA se compromete a entregar a entera satisfacción de la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, el bien objeto del presente contrato, será a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución y su vigencia se contará a partir de la fecha de perfeccionamiento y contendrá el plazo de ejecución y tres (3) meses más.

2.17 PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y éste se eleve a escrito. Para la suscripción del contrato se allegará el certificado de existencia y representación legal, con una fecha de expedición no mayor de treinta (30) días calendario.

2.18 REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.

Serán requisitos para la ejecución del presente contrato los siguientes:

2.18.1. La aprobación de la garantía única de cumplimiento.

2.18.2. La constitución del correspondiente registro presupuestal.

2.18.3 La publicación en la gaceta departamental.

2.18.4 Pago de estampilla establecida por el Departamento del Huila.

2.18.5. Pago de impuesto de timbre nacional si a ello hubiere lugar.

2.18.6. Certificado de deudores morosos del estado- BDME.

2.18.7. Certificado de antecedentes disciplinarios

 

2.19 DOCUMENTOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO

El proponente beneficiado con la adjudicación deberá presentar para el acto de la firma del contrato, dentro de los (2) días calendario siguientes a la notificación de la adjudicación, en caso de no estar vigente la inscripción en el Registro Único de Proponentes para la firma del contrato, deberá presentar un certificado de existencia y representación legal actualizada, la solicitud de renovación de la inscripción en el registro único de proponentes.

2.20 DISPOSICIONES LEGALES

Los proponentes deberán informarse y acatar las disposiciones legales que rigen la contratación en la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, especialmente la ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios, y demás normas que llegaren a surgir relacionados en la materia.

2.21 DEDUCCIONES

El pago de las tarifas legalmente dispuestas, serán descontados en las respectivas órdenes de pago, según lo establecido en las disposiciones que regules esta materia. EL CONTRATISTA deberá cancelar el impuesto de Timbre a que hubiere lugar.

2.22 NUEVO PLAN DE PREMIOS

El adjudicatario estará supeditado a las variaciones en el logotipo de la billeteria, número de billetes y demás implicaciones que se generen; si la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA en desarrollo de la ejecución del contrato decidiere presentar un Nuevo Plan de Premios al público apostador.

2.23 OTROS

Si en la eventualidad de la reglamentación de la Ley 643 de 2001, el gobierno Nacional decretaré cualquier cambio en la operatividad de las Loterías o la unificación de las mismas entre otros, se procederá a la cancelación del contrato al proponente que haya salido favorecido sin derecho a indemnización alguna por parte de esta empresa al contratista, el cual renuncia a reclamaciones futuras si esto llegare a suceder.

FABIO RAMIREZ

Gerente

 

 

CAPITULO III: FORMATOS

FORMATOS No. 1: CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

 

Señores:

EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS

PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA

Cra. 4 No. 9-25 Edificio Diego de Ospina

Neiva.

Asunto : Licitación Pública No. 001-2007

 

------------------------, mayor, domiciliado en ---------- con cédula de ciudadanía ---------------de ------------- en atención a la convocatoria para participar en la licitación pública de la referencia, obrando en nombre....(propio o en representación de .....), someto a su consideración la presente oferta para celebrar un contrato de IMPRESIÓN, MEZCLA Y DISTRIBUCIÓN DE BILLETERIA para la empresa de Lotería y juego de apuestas permanentes del departamento del Huila. Para tal efecto declaro que:

 

Conozco el pliego de condiciones, incluidos sus adendos, y lo acepto en su integridad.

En caso de que la propuesta aquí presentada sea seleccionada, me comprometo (o la persona jurídica por mí representada se compromete) a suscribir el contrato y a cumplir oportunamente los requisitos de ejecución; así como también a aceptar las variaciones que el concedente deba hacer al pliego o al contrato mismo, hacia el futuro para ajustarlos a ordenamientos legales nuevos.

En caso de que la propuesta aquí presentada sea seleccionada, me obligo (o la persona jurídica por mi representada) se obliga a su cumplimiento hasta que se perfeccione el contrato y se cumplan los requisitos de ejecución.

La propuesta tiene una vigencia de.(no inferior a 30 días calendario), contados a partir del cierre de la licitación.

Quien presenta esta propuesta no se encuentra incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad.

La dirección a la cual puede dirigirse la correspondencia relacionada con la presente licitación es la siguiente:-______________. Los números de teléfono y fax son los siguientes__________________________.

Atentamente,

 

 

FORMATO 2

MODELO DEL CONTRATO

 

Entre los suscritos a saber: FABIO RAMIREZ mayor de edad y vecino de Neiva, identificado con la cédula de ciudadanía No 4.895.154 expedida en Tesalia - Huila, quien obra en nombre y representación legal de LA EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, Nit. 800.244.699-7 y quien para todos los efectos del presente instrumento, se denominará LA EMPRESA O EL CONTRATANTE de una parte y de la otra __________________________, identificado con la cédula de ciudadanía ______________ de ________________, quien obra en nombre y representación legal de ________________ en su calidad de Representante Legal, con Nit No. ________________ sociedad constituida mediante escritura pública No.________ de la Notaría __________ de ___________ y según Certificado de Existencia y Representación Legal de la Cámara de Comercio de _____________, fechado el día __ de ______ de __________, a quien en el texto de este documento se denominará EL CONTRATISTA, hemos celebrado el presente contrato de impresión, mescla y distribución No_____, del _______ del 2007 ADJUDICADO MEDIANTE RESOLUCIÓN No.---------------------------------, en los términos, condiciones, plazos y estipulaciones establecidas en dicho contrato, según las siguientes Cláusulas: CLAUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. EL objeto del presente Contrato de Impresión No ___, del __ del 2007, es la impresión y suministro de treinta y cinco (35) emisiones de billetes utilizables en los sorteos ordinarios de la LOTERIA DEL HUILA, como también la mezcla y distribución de un millón (1.000.000) billetes a las diferentes agencias del país, la impresión se discriminará en billetería para la venta individualizada, para la venta virtual y para venta general, a partir del sorteo 3769 a jugar el dos (02) de mayo hasta el sorteo 3803 a jugar el veintiseis (26) de diciembre del año dos mil siete (2007), de la siguiente forma: La cantidad de ochocientos treinta y cinco mil (835.000) billetes, los cuales serán válidos para la demanda individualizada y venta virtual, donde el contratista se compromete a entregar un disquete o CD que contenga un archivo plano de los billetes sin necesidad de impresión para los sorteos referidos; se imprimirán la cantidad de ciento sesenta y cinco mil (165.000) billetes con destino a venta general y válida disponible hasta completar el millón (1.000.000) de la emisión total para cada sorteo, y en los términos y condiciones que se detallan en esta licitación y los cambios que en cantidad y diseño se presentes, según la necesidad del contratante. CLAUSULA SEGUNDA: CARACTERISTICAS DE LA IMPRESIÓN Y SEGURIDAD DE LOS BILLETES. EL CONTRATISTA se obliga a cumplir el objeto del contrato bajo las siguientes especificaciones técnicas: 2.1) CANTIDAD DE SORTEOS . treinta y cinco (35) sorteos, uno por cada semana, contados a partir del sorteo 3769 a jugar el 02 de Mayo de 2007 hasta el sorteo 3803 a jugar el veintiseis (26) de diciembre de 2007. 2.2) EMISIÓN SEMANAL POR SORTEO. La emisión de los sorteos 3769 al 3803 será de conformidad a lo estipulado en la cláusula primera concordante con el numeral anterior (2.1) del presente contrato. 2.3) SERIES. Cada emisión semanal tendrá cien (100) series numeradas de la Cero (0) a la noventa y nueve (99), y cada serie tendrá diez mil (10.000) billetes, numerados del 0000 al 9999 en números y letras en cada una de las fracciones y una vez en cada una de las tiras de control virtual según el programa de verificación para uso de la Lotería del Huila (software) y en billetería para la venta virtual. 2.4) TAMAÑO: EL BILLETE. El tamaño del billete será de veintinueve centímetros seis milímetros (29.6) CMS de largo, por diez centímetros ocho milímetros (10.8) CMS de ancho, incluido fracciones y el cabezote. La presentación de los billetes será de una tira de cuatro (4) fracciones, las cuales van enumeradas de uno (1) a cuatro (4), más un (1) cabezote. LA FRACCIÓN. El tamaño de cada fracción será de seis centímetros seis milímetros (6.6) cms. de largo y de diez centímetros ocho milímetros (10.8) CMS de ancho. EL CABEZOTE. El cabezote será de tres centímetros dos milímetros (3.2) CMS de alto, por diez centímetros ocho milímetros (10.8) CMS de ancho y contará con el logotipo y la leyenda LOTERÍA DEL HUILA "MILLONES...A SU SALUD" – 84 AÑOS, con letras mayúsculas, llevará impreso el número del billete, serie, número del sorteo, ciudad, fecha y hora de realización (10:00 P.M.), como también el nombre del Agente, la ciudad y el código de barras correspondiente. También tendrá el logotipo de ""Huila Unido". Estas especificaciones cambiaran de acuerdo al diseño para un nuevo billete, según la necesidad del contratante o la normatividad que llegare a surgir para las loterías. 2.5)- PAPEL. Los billetes se imprimirán en papel BOND REGISTER SENSIBILIZADO de 75 grs./m.2 sin blanqueador óptico para permitir la visibilidad del fondo impreso en tinta de Seguridad Fluorescente Invisible, que reacciona a la acción de los rayos ultravioleta o luz negra. Una reactiva moneda. La calidad del papel será igual para la totalidad de la emisión. 2.6) IMPRESIONES DE SEGURIDAD. En EL ANVERSO, en tinta FLUORESCENTE INVISIBLE se imprimirá un fondo especial de seguridad en toda el área del billete con el logotipo de LA EMPRESA y el texto "LOTERIA DEL HUILA- 84 AÑOS", que reacciona a la acción de los rayos ultravioleta o luz negra. Sensibilización con tinta de SEGURIDAD REACTIVA INVISIBLE sensible a las soluciones derivadas de los HIPOCLORITOS (Blanqueadores químicos) de un fondo especial con la palabra NULO, que reacciona a la acción de cualquier blanqueador químico. 2.7) IMPRESIÓN LITOGRÁFICA: EN EL ANVERSO: El sistema de impresión de los billetes será en cuatro (4) tintas litográficas grasa, de un fondo MICROLINEAL ANTIFOTOGRAFICO, siempre en un juego de combinaciones en fondos, textos numeración y dibujos de tal forma que se garantiza que los billetes del primer sorteo impreso no se confundan por su color, con los de los sorteos siguientes y así sucesivamente. La numeració, La personalización y código de Barras ira impreso por el sistema INK JET. Cada fracción llevará en EL ANVERSO la siguiente información: a) Nombre de la Agencia, dirección, teléfono y ciudad donde se despacha el billete. b) Nombre de la Lotería. c) Logotipo con la nueva imagen corporativa, eslogan y motivo de la Lotería según indicaciones. d) Numeración del sorteo y fecha. e) Premio al mayor y fracción en valor. f) Cifra del billete y fracción en números y letras. g)Ciudad, Día y hora del sorteo y la leyenda de vigilado por Supersalud. (10.00 P.M.). h) Número de la fracción del uno (1) al cuatro (4). i) Numeración de la serie de cada billete del cero (0) al noventa y nueve (99). j) Lectura de código de barras, EAN/UCC - 128 de 20 dígitos, usual para loterías o el actual de acuerdo con la normatividad vigente. k) Valor del billete y la fracción. POR EL REVERSO: Se imprimirá a una tinta Litogry cada fracción llevará la siguiente información: a) Plan de premios de la Lotería del Huila. b) Valor del billete cuatro mil ($4.000) pesos y la fracción mil ($1.000) pesos. c) Cantidad de fracciones. d) Caducidad de los premios. e) Valor nominal del billete. f) Descuentos de ley. g) Disminución de premios sujetos a retención. h) Eventos en que no se verifica el pago. I) Las siguientes leyendas: EN DOS APROXIMACIONES AL MISMO PREMIO SE RECONOCERA Y PAGARA UNICAMENTE LA DE MAYOR VALOR, - EN CASO DE OBTENER LA ULTIMA CIFRA Y SERIE DEL MAYOR A LA VEZ SE PAGARÁ UNICAMENTE ULTIMA (Para el caso del actual plan de premios) 2.8) DISEÑOS. Los billetes de la Lotería se imprimirán en combinaciones de colores diferentes a los de los textos y al fondo de seguridad. Dichas combinaciones no se repetirán entre un sorteo y otro, y deberán tener una clara diferenciación entre un sorteo y otro que eviten cualquier tipo de confusión o adulteración al respecto. Igualmente las fracciones llevarán un motivo que será suministrado por LA EMPRESA y será reemplazado cada vez que la Empresa lo requiera por escrito con tres (03) sorteos de anticipación. 2.9) TIRAS DE CONTROL VIRTUAL. Cada billete tendrá una tira de control virtual como seguridad y control de los billetes, para verificar la autenticidad de las fracciones, se debe realizar la constitución de un algoritmo de diversos caracteres, los cuales serán diferentes para cada uno de los billetes y sus respectivas fracciones garantizando que no haya duplicidad en la asignación del mismo y debe ser generada mediante software la serie de códigos de control únicos para cada fracción, el cual debe ser enviado con el respectivo sorteo. 2.10) PERFORACIONES. Todas las fracciones llevarán perforaciones horizontales para fácil desprendimiento de la fracción, sin que sufra daño, mutilación o deformación. 2.11) NUMERACION. Los billetes serán numerados del 0000 al 9999 y seriados del numero cero (0) al noventa y nueve (99) cuatro veces en cada una de las fracciones, la numeración se efectuará por el SISTEMA INKJET. Los billetes tendrán una numeración (en números y letras) del 0000 al 9999 una vez en cada una de las fracciones u una vez en cada una de las tiras de control virtual. 2.12) CODIGO DE BARRA impreso en el ANVERSO de cada fracción EN TINTA NEGRA POR EL SISTEMA INKJET. de acuerdo a la estructura establecida por la Supersalud en la circular externa No. 45. 2.13) EMPAQUE, Los Billetes de Lotería se empacarán de conformidad al cupo asignado a cada Agente, con diferente numeración y series en orden estrictamente numérico envuelto en papel Kraft protegido con cartón y plástico. La billetería sobrante se empacará en fajos de 500 billetes, mezclada en numeración y serie, envueltos en papel kraft protegidos con plástico utilizando separadores de cartón colocados luego en cajas de cartón de doble pared, debidamente zunchados y del tamaño que se ajuste a la billetería. 2.14) ASISTENCIA TECNICA. EL CONTRATISTA suministrará toda la asesoría técnica necesaria, en caso de que se dude de la autenticidad de una fracción o billete. PARÁGRAFO. EL CONTRATISTA, se compromete a realizar las modificaciones a las dimensiones o características de los billetes, cuando LA EMPRESA lance un nuevo Plan de Premios de la Lotería del Huila, o se modifique el código de barras o algún aspecto legal de conformidad con la Superintendencia, o se realice un evento especial. En el evento que las modificaciones sean sustanciales, de común acuerdo se conciliarán las diferencias de precios en los costos de impresión, mezcla y distribución. CLAUSULA TERCERA: MEZCLA DE CUPOS. EL CONTRATISTA se compromete a aplicar un sistema de Mezcla de acuerdo a la información suministrada por la Empresa de Lotería del Huila atendiendo los cupos para cada agencia distribuidora del producto Lotería del Huila a nombre del Agente respectivo, de acuerdo al listado que le suministre LA EMPRESA. EL CONTRATISTA aceptará los cambios en los cupos de cada distribuidor con una anticipación de tres (3) semanas a la respectiva fecha del sorteo. CLAUSULA CUARTA. DISTRIBUCIÓN. 4.1) DISTRIBUCIÓN: EL CONTRATISTA entregará a cada Distribuidor en su domicilio los respectivos cupos que hayan sido autorizados por LA EMPRESA. Los demás billetes que no fuesen asignados por LA EMPRESA se despacharán a la ciudad de Neiva. EL CONTRATISTA atenderá oportunamente cualquier requerimiento realizado sobre la mezcla y distribución de la billetería de la Lotería del Huila, en especial lo pertinente a la suspensión de cupos a los Agentes.4.2) ENTREGA: EL CONTRATISTA despachará a cada uno de los distribuidores según los cupos y la relación que suministre LA EMPRESA, la billetería para cada sorteo, con una anticipación no menor de doce (12) días, en relación con la fecha de realización del sorteo. De igual forma, despachará en las mismas condiciones y términos, los billetes sobrantes y cupos suspendidos con destino a las Oficinas de LA EMPRESA ubicadas en la Carrera 4 No. 9-25 de la ciudad de Neiva, adjuntando el disquete correspondiente a la distribución de la billetería y el patrón del mismo y lo correspondiente a la tira de control virtual. EL CONTRATISTA se compromete a garantizar por todos los medios de transporte posibles, el estricto cumplimiento de los términos de envío y entrega de la Billetería a los Agentes Distribuidores de la Lotería del Huila. 4.3) FLETES: Los fletes para el transporte de la billetería serán por cuenta y riesgo de EL CONTRATISTA a través de empresas especializadas. 4.4) SEGUROS: El seguro regular de transporte contra robo o pérdida, se limita en caso de reclamación de siniestro de $__________por cada paquete despachado, que presente siniestro de robo durante el trayecto del transporte desde las instalaciones de EL CONTRATISTA, hasta las instalaciones de cada distribuidor o de LA EMPRESA, momento en el que cesa toda responsabilidad por parte de EL CONTRATISTA. CLAUSULA QUINTA. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA. Son obligaciones de LA EMPRESA 5.1) Cancelar el valor del presente contrato de conformidad a lo pactado en la cláusula séptima de este instrumento. 5.2) Suministrar oportunamente al CONTRATISTA las novedades presentadas sobre los Agentes Distribuidores de la Lotería del Huila. 5.3) En lo que sea posible, prestarle colaboración al CONTRATISTA para la buena marcha y ejecución del contrato. CLAUSULA SEXTA: VALOR DEL CONTRATO. Para todos los efectos legales el valor total del presente contrato es de $________________________________________. PARÁGRAFO PRIMERO. El valor total del presente contrato se discrimina así: 6.1) Por impresión la suma de $______________________________incluido el IVA,. 6.2) Por transporte, mezcla y distribución la suma de $____________________________incluido IVA. EL CONTRATISTA acepta de manera incondicional todas y cada una de las condiciones de la empresa, en especial, que el valor del presente Contrato pueda disminuir si LA EMPRESA asume directamente la Mezcla de billetería y que el valor del Contrato pueda disminuir debido a autorizaciones legales o cualquier otra disposición al respecto emanada de la Superintendencia Nacional de Salud u otra autoridad competente y normativa, relacionadas con la Impresión Parcial y la Impresión Virtual de la Emisión. CLAUSULA SÉPTIMA: FORMA DE PAGO. LA EMPRESA pagará el valor total del presente contrato en cuotas vencidas cada cuatro (4) sorteos, previa presentación de la Factura y la documentación requerida conforme a las normas fiscales. CLAUSULA OCTAVA. IMPUTACION PRESUPUESTAL. El valor del presente contrato, será cancelado por LA EMPRESA con cargo al Capitulo I, Lotería Ordinaria, Cuenta 2.4.1.0.0.1.0.1. Correspondiente al rubro denominado Mezcla, Distribución y Recolección de billetería por el valor $________________________________ y por el Capitulo I Cuenta 2.4.1.0.0.1.0.2 correspondiente al rubro denominado Impresión de billetería e Impoventas, por el valor de $_________________________________ del presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 2007. CLAUSULA NOVENA: RELACIÓN LABORAL. El presente contrato no genera relación laboral con LA EMPRESA y en consecuencia tampoco el pago de prestaciones sociales y de ningún tipo de emolumentos distinto al valor acordado en la cláusula sexta. CLAUSULA DECIMA TERMINO DEL CONTRATO. El presente contrato tiene una duración de Ocho meses contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato . CLAUSULA DECIMA PRIMERA: GARANTIA UNICA. EL CONTRATISTA se obliga a constituir a favor de LA EMPRESA, en una compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, una garantía única, de conformidad con lo estipulado en el artículo 25, de la ley 80 de 1993, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del presente contrato. PARAGRAFO PRIMERO. La garantía única deberá amparar los siguientes riesgos: a) Cumplimiento del contrato, pago de multas, cláusulas penal pecuniaria, equivalente al 10% del valor del contrato, con una vigencia igual a la duración del contrato y dos (2) meses mas; b) De calidad del servicio equivalente al 25% del valor del contrato, con una vigencia igual a la del contrato y cuatro (4) meses mas. PARAGRAFO SEGUNDO. La garantía única deberá ajustarse siempre que se produzca modificación en el plazo y/o valor del contrato. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: SUPERVISIÓN DE ACTIVIDADES. LA EMPRESA supervisará las labores encaminadas al cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA a través del Profesional Universitario con funciones en Lotería o quien haga sus veces. CLAUSULA DECIMA TERCERA: CADUCIDAD. LA EMPRESA, podrá declarar la caducidad del presente contrato por medio de acto administrativo debidamente motivado, por las siguientes causales: 1) El incumplimiento de las obligaciones por parte de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato. 2) prevista en el artículo 5° de la ley 80 de 1993. PARAGRAFO. En caso de declaratoria de caducidad no habrá lugar a indemnización para EL CONTRATISTA y se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en la Ley 80 de 1993. CLAUSULA DECIMA CUARTA: CESIÓN. EL CONTRATISTA solo podrá ceder en todo o en parte el presente contrato, previa autorización escrita de LA EMPRESA. CLAUSULA DECIMA QUINTA: INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES. Este contrato se rige por las cláusulas excepcionales de interpretación, modificación, y terminación unilaterales de que tratan los artículos 15, 16 y 17, de la Ley 80 de 1993. CLAUSULA DECIMA SEXTA: DERECHOS Y DEBERES DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA, además de los derechos y obligaciones pactadas en el presente contrato en virtud de la voluntad tendrá los derechos y deberes consagrados en el artículo 5, de la Ley 80 de 1993. CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA declara bajo la gravedad del juramento, que se entiende suscrito con la firma del presente contrato, que no se halla incurso en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad, a que se refieren los artículos 8 y 9 de la ley 80 de 1993. En caso de que llegare a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en EL CONTRATISTA, este cederá el contrato previa autorización escrita de LA EMPRESA y si ello no fuese posible renunciará a su ejecución. CLAUSULA DECIMA OCTAVA: PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento parcial o definitivo de cualquiera de las obligaciones del contrato por parte de EL CONTRATISTA éste pagará a LA EMPRESA, a titulo de pena una suma equivalente al Veinte por ciento (20%) del valor del contrato. Este valor podrá ser tomado por parte de LA EMPRESA directamente de la garantía constituida o del saldo por pagar del valor del contrato. Si lo anterior no fuere posible, se cobrará por vía ejecutiva, sin perjuicio de que se aplique las demás sanciones establecidas en la ley 80 de 1993. CLAUSULA DECIMA NOVENA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. Cuando surjan diferencias entre las partes con motivo del presente contrato, se acudirá a los mecanismos de arreglo directo, tales como la negociación directa, la amigable composición o la conciliación. En tal caso las partes dispondrán de un término de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha en que cualquiera de ellas haga una solicitud en tal sentido. Dicho termino podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo. En el evento en que no se llegue a una solución de las diferencias, y sin perjuicio de las facultades excepcionales de LA EMPRESA, dichas divergencias se someterán a arbitramiento, el cual se sujetará a las normas legales pertinentes, teniendo en cuenta las siguientes reglas: 1) El tribunal funcionará en la ciudad de Neiva y sesionará en el Centro de conciliación , Arbitraje y amigable composición de la cámara de comercio de Neiva. 2) Estará integrado por tres árbitros, dos de los cuales serán designados por cada una de las partes y el tercero de común acuerdo, si no hubiese acuerdo serán designados por la Cámara de Comercio de Neiva. 3) El tribunal de arbitramiento decidirá en derecho. 4) La organización del tribunal se sujetará a las reglas internas del citado centro. PARAGRAFO: Cuando por circunstancias especiales haya necesidad de modificar el término o el valor de este contrato, las partes podrán suscribir un contrato adicional, previo cumplimiento de los requisitos a que hubiere lugar. CLAUSULA VIGÉSIMA: MULTAS. LA EMPRESA podrá imponer multas sucesivas y diarias al CONTRATISTA, en caso de mora o incumplimiento parcial de las obligaciones que contrae por el presente contrato, mediante acto administrativo debidamente motivado. CLAUSULA VIGÉSIMA PRIMERA: AUDITORIA Y SEGUIMIENTO. LA EMPRESA, directamente a través del supervisor, adelantará revisiones periódicas de los servicios, para que cumplan con las condiciones de calidad ofrecidas por EL CONTRATISTA. Esta revisiones periódicas tendrán por objeto entre otros: 1. Verificar la correcta prestación del servicio. 2. Exigir el cumplimiento del contrato en todas sus partes. CLAUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA: LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. Al producirse una causa de terminación del contrato se procederá a su liquidación, la cual se realizará en un plazo máximo de cuatro (4) meses, este plazo cuenta para la vigencia, contados a partir de la fecha de terminación. La liquidación se hará mediante acta firmada por las partes, en la cual constarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar, los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegasen las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. CLAUSULA VIGÉSIMA TERCERA: ANEXOS. Son documentos anexos a este contrato, la Garantía constituida por EL CONTRATISTA y el acto que aprueba la misma, el certificado de disponibilidad presupuestal, constancia de pago del derecho de publicación, el Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio y la propuesta presentada por EL CONTRATISTA. CLAUSULA VIGÉSIMA CUARTA: DOMICILIO CONTRACTUAL. Para los efectos contractuales se tendrá como domicilio la ciudad de Neiva. CLAUSULA VIGÉSIMA QUINTA: LEGALIZACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO. El presente contrato requiere para su legalización: Publicación en la Gaceta Departamental b: Pago del impuesto de timbre si a ello hubiere lugar. c: certificado de deudores morosos del estado- BDME expedido por la Contaduría General de la Nación. d. Fotocopia del RUT. e. Fotocopia de la cédula del representante legal. f. Certificado vigente de antecedentes disciplinarios. g. Certificado de la Contraloría del Huila de antecedentes fiscales. h. Aprobación de la garantía única. El contrato se entenderá perfeccionado con la suscripción de las partes contratantes.

En constancia se firma en Neiva Huila a los _____ días del mes de ________ del dos mil siete (2007).

 

FABIO RAMIREZ ________________________

Gerente Representante Legal

Empresa de Lotería del Huila. Contratista

 

Vo. Bo. al texto Asesor Jurídico Externo