FACTORES
SELECCION OBJETIVA DE CONTRATACIÓN
FACTORES DE SELECCIÓN.
En la selección de las propuestas para la adjudicación de la presente contratación celebrada por la EMPRESA DE LOTERIA Y JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, se aplicará lo dispuesto por la ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios, realizando el estudio jurídico, económico y técnico, necesarios para la evaluación de las propuestas; señalando para ello un plazo de un día de acuerdo a las observaciones que se presenten y que se estimen convenientes.
La evaluación de las propuestas se hará en el siguiente orden:
Estudio Jurídico.
Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal exigidos para la realización de la contratación, verificando su estricto cumplimiento. Constituyen requisitos esenciales de la propuesta, los documentos esenciales de las mismas que se ajusten a las condiciones y especificaciones que sobre ellos se soliciten en las condiciones para la contratación. Serán admitidas las propuestas que cumplan los citados requisitos legales y rechazadas las que no cumplan.
Así mismo el artículo 4 del decreto 2170 y el articulo 29 de la ley 80 de 1993, establece que la selección tienen que ser objetiva teniendo como factores de escogencia y calificación, la capacidad jurídica y condiciones de experiencia, capacidad administrativa, operacional y financiera al oferente sea más favorable para la entidad.
Estudio Económico.
Se
tendrá en cuenta la oferta más favorable para la empresa, en cuanto precios,
calidad. Verificada la exactitud de los cálculos numéricos requeridos para
obtener el valor total de la propuesta, se elaborará un cuadro contentivo del
resumen del análisis de las propuestas, en el que se contemple
el cumplimiento de los documentos esenciales de la propuesta.
Estudio Técnico.
La evaluación técnica de las propuestas se adelantará teniendo como marco lo dispuesto en la ley 80 de 1993, las condiciones y demás normas vigentes, sobre la materia equipos, plazo etc.., y realizando:
Revisión matemática de los análisis de precios.
Revisión de las y calidades requeridas para verificar que éstas cumplan con las especificaciones exigidas.
PONDERACION DE LAS PROPUESTAS ADMISIBLES.
La ponderación de los factores de evaluación de las propuestas se aplicará a las no descartadas, es decir a las propuestas que calificaron según el estudio jurídico, mediante la aplicación del siguiente puntaje:
SOLIDEZ FINANCIERA HABIL O NO HABIL
PROPUESTA TECNICA, SEGURIDAD Y EXPERIENCIA HABIL O NO HABIL
PROPUESTA ECONÓMICA 10 PUNTOS
TOTAL PUNTAJE 10 PUNTOS
Solamente clasificarán los proponentes que superen el 75% del puntaje general establecido. Los puntajes serán ponderados como se explica a continuación:
SOLIDEZ FINANCIERA.
Los índices se calcularán de acuerdo a lo establecido en el Régimen Contable Colombiano, sobre la base del Balance General y el Estado de Pérdidas y Ganancias correspondiente al año 2003, a 31 de Diciembre.
LIQUIDEZ HABIL
Razón corriente..............................................HABIL
Mayor de 1,5 = HABIL
Prueba ácida....................................................HABIL
Mayor de 1,5 = HABIL
ACTIVIDAD HABIL
Venta promedio diaria (en millones de $).... HABIL
Este índice se establece como el total de las ventas registradas durante el último año fiscal dividido entre el número de días hábiles del año.
Mayor de 10 = HABIL
Rotación de cartera (en días).........................HABIL
Mayor a 30 = HABIL
RENTABILIDAD HABIL
Margen neto de utilidad (%).........................HABIL
Mayor a 8 = HABIL
Rendimiento del patrimonio (%)..................HABIL
Mayor a 10 = HABIL
APALANCAMIENTO (%) HABIL
Menor a 55 = HABIL
CAPITAL DE TRABAJO (En millones de pesos) HABIL
(Activo Corriente menos Pasivo Corriente)
PARA UN TOTAL DE .................................................................. HABIL
PROPUESTA TECNICA, INFRAESTRUCTURA Y EXPERIENCIA:
EXPERIENCIA ESPECIFICA (en millones de $) HABIL
Los proponentes deberán anexar copia de los contratos ejecutados y realizados tanto con empresas públicas y privadas del país del año de 2002 y 2003 a las cuales se les ha prestado el servicio, anexando el respectivo pago del impuesto de timbre cuando a ello hubiere lugar, detallando el número del contrato y cuantía. La sumatoria del valor de los contratos se calificará de la siguiente manera:
Mas de 10 =HABIL
EXPERIENCIA ESPECÍFICA (en años) HABIL
La experiencia específica se demuestra con las constancias expedidas por cada una de las empresas tanto públicas como privadas a las cuales se les ha prestado el servicio, detallando número de años y relacionando Número de Contrato.
Más de 8 = HABIL
INFRAESTRUCTURA TECNICA HABIL
En la Planta de oficinas = HABIL
Para calificar las medidas de seguridad se tendrán en cuenta las medidas de seguridad solicitadas.
PARA UN TOTAL DE .................................................................................HABIL
PROPUESTA ECONÓMICA
Para ésta calificación se tomará como base el presupuesto oficial y a partir del mismo se calificará la propuesta económica total estableciendo diferencia en puntos por cada rango de variación porcentual de un 2%, sobre el total, así: CON UN PUNTAJE DE 10, 8 Y 4 RESPECTIVAMENTE.
PARA
UN TOTAL DE
...........................................................................10
PUNTOS
MENOR DE
$27.659.519,oo.......................................................
10 Puntos
De
$28.223.999 HASTA $ 27.659.520 .......................................
8 Puntos
DE
$28.224.000 HASTA
$28.800.000,oo ................................. 4 Puntos
CELEBRACION DEL CONTRATO
La Propuesta seleccionada deberá suscribir y legalizar el contrato dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la comunicación que en tal sentido realice La Empresa. El Contrato resultante de la presente se efectuará conforme a lo establecido en la Ley 80 de 1993 y deberá suscribir la póliza de garantía única correspondiente.
OTROS.
Si en la eventualidad de la reglamentación de la ley 643 de 2001, el Gobierno Nacional decretaré cualquier cambio en la operatividad de la Empresa de Lotería y Juego de Apuestas Permanentes del Departamento del Huila o la unificación de la misma con otras, se procederá a la cancelación del contrato al proponente que haya salido favorecido sin derecho a indemnización alguna por parte de esta empresa al contratista.
Neiva,
Abril 29 de 2004.-
Gerente Lotería del Huila